*Anulado el arraigo como medida cautelar

En la Comisión de Puntos Constitucionales avalamos reformas al artículo 16, párrafo octavo, de la Carta Magna, para anular el arraigo como medida cautelar.

Esta figura que aplica algunas restricciones cuando una persona es investigada, con el fin de evitar que se sustraiga de la justicia y no se entorpezca el proceso.

Evolucionó de manera negativa en México y a la fecha se usa como un método de investigación.

Su derogación responde a las demandas de la sociedad y cumple con las recomendaciones de organismos internacionales, como el Alto Comisionado de Naciones Unidas, y con las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se había manifestado en contra.

Con ese mecanismo primero se arraiga a una persona y luego se inicia la investigación, incluso, a veces, sin tener ni siquiera los elementos de prueba para retenerla.

Esto generó el rechazo y el reclamo de organismos, incluso internacionales, que han suscrito acuerdos con nuestro país, pidiendo que revisáramos y elimináramos esta figura, que se contrapone con nuestro sistema de justicia, viola el principio de inocencia y de presunción de inocencia.

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