El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó las fracciones IX y X, del artículo 20, de la Ley de Ingresos del Municipio de Morelos, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2024, en las cuales se preveía el cobro de derechos por la expedición de permisos de construcción y remodelación de pozos para la extracción de cualquier hidrocarburo.

Lo anterior, al reiterar el criterio establecido en las sesiones del 1° de julio y el 8 de agosto del año en curso, al resolver, respectivamente, las controversias constitucionales 54/2024 y 65/2024, en las que, al analizar disposiciones similares, determinó que invadían la competencia federal, prevista en el artículo 73, fracciones X y XXIX, numeral 2, de la Constitución Federal, para legislar en materia de explotación de todos los minerales y sustancias que se encuentran en mantos, vetas o yacimientos, entre ellos, los hidrocarburos, contemplados por el artículo 27, cuarto párrafo, de la propia Constitución de la República.

El Pleno aclaró que, si bien las disposiciones invalidadas no preveían literalmente el cobro por el otorgamiento de autorizaciones para la explotación de hidrocarburos, sí establecían un pago por el otorgamiento de permisos para construcción y remodelación de pozos de extracción de hidrocarburos, los cuales se relacionan directamente con las actividades de exploración, extracción y producción de hidrocarburos, previstas en las fracciones XIV y XV del artículo 4, de la Ley de Hidrocarburos.

Al tratarse de disposiciones generales de vigencia anual, La Corte exhortó al Congreso del Estado de Coahuila para que, en lo futuro, se abstenga de incurrir en el mismo vicio de inconstitucionalidad.

Controversia constitucional 70/2024, promovida por el Poder Ejecutivo Federal en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Coahuila de Zaragoza, demandando la invalidez del artículo 20, fracciones IX y X de la Ley de Ingresos del Municipio de Morelos, para el ejercicio fiscal de 2024, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad del 22 de diciembre de 2023, mediante Decreto 616. Ponente: Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Juan Jaime González Varas y Juan Manuel Angulo Leyva.

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