*El servicio exterior debe reflejar composición pluricultural

Para promover el reconocimiento, la promoción, la protección y la garantía de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, proponemos incorporar en la Ley del Servicio Exterior Mexicano el mandato para que su integración refleje la composición pluricultural de nuestro país.

La iniciativa establece la obligación para la subcomisión de ingreso del SEM de fomentar la participación de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas en los procesos de ingreso, garantizando la inclusión paritaria de mujeres y hombres pertenecientes a nuestros pueblos originarios.

Además, dicha subcomisión deberá adoptar las metodologías y mecanismos para garantizar igualdad de condiciones y la conformación de un Servicio Exterior pluricultural.

Debemos reorientar la discusión nacional y reconocer, con urgencia, la importancia de abrir espacios para las personas integrantes de pueblos y comunidades indígenas, a partir del reconocimiento de nuestro talento, capacidad e invaluables aportes a la cultura, el arte, la política, la economía, la ciencia y, de manera más amplia, al enriquecimiento y la conformación de la identidad de la nación mexicana.

De acuerdo con el Censo Nacional de Población y Vivienda, elaborado en 2020 por el INEGI, en México existen 16 millones 933 mil 283 personas indígenas, y representamos el 15,1% de la población total.

Esta diversidad y la consecuente riqueza étnica y cultural constituyen características fundamentales de nuestro país; sin embargo, las políticas públicas no siempre toman en cuenta nuestra composición pluricultural y a menudo no incorporan como deberían a quienes pertenecemos a pueblos y comunidades originarias.

Un ejemplo de la falta de inclusión que aún sufre la población indígena es el Servicio Exterior Mexicano, el cual recientemente se ha visto envuelto en una discusión coyuntural sobre el perfil o la trayectoria de personas cuyo nombramiento resulta controvertido, dejando de lado aspectos estratégicos como el análisis de todo lo relacionado con los procesos de ingreso, dirección y administración del servicio exterior mexicano.

Recordemos que la Declaración sobre los derechos de los Pueblos Indígenas -aprobada por la ONU en 2007- establece que los pueblos indígenas tienen el derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación internacional, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con otros pueblos.

Con esta reforma, además de impulsar y fortalecer el modelo constitucional y el cumplimiento de todos los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, consolidamos la legitimidad de la acción exterior del Estado mexicano al dotar a nuestra diplomacia y a nuestro servicio exterior de una mayor diversidad y pluralidad, promoviendo, además, la inclusión paritaria de mujeres y hombres pertenecientes a nuestros pueblos originarios.