El seguro de desempleo es un mecanismo de protección social y no puede ni debe estar desvinculado de una amplia reforma fiscal, de pensiones y de seguridad social, señala el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.

Además, advierte que las acciones instrumentadas hasta ahora pueden resultar insuficientes si solamente se circunscriben al sector formal y se desatiende a los informales.

“Para asegurar pronta recuperación económica, es necesario avanzar en un programa estructural que tome en cuenta la dualidad de la economía mexicana: un sector formal con todas las prestaciones y un sector informal que sufre en situaciones imprevistas como la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19”, puntualiza.

El estudio titulado “Medidas para la recuperación económica ante la emergencia sanitaria Covid-19: Del crédito solidario al seguro de desempleo”, escrito por el investigador Edgar Moisés Rivero Cob, analiza las implicaciones de las medidas de política pública implementadas para revertir la pérdida de empleos y el cierre de las empresas.

En él se abordan los posibles mecanismos de compensación al ingreso de las y los trabajadores por tamaño del establecimiento, según las características propias de la entidad federativa o el sector de actividad económica de cada empresa, entre otros aspectos.

El investigador afirma que la economía mexicana se caracteriza por tener altas tasas de movilidad entre el sector informal y el formal, y que aún en el caso del sector formal existen personas con características de trabajadores informales, ya que son personas remuneradas en empresas establecidas, pero no tienen acceso a servicios de salud de las instituciones de seguridad social.

El estudio da cuenta de que el Programa Crédito Solidario a la Palabra, mediante el cual se otorgan créditos de 25 mil pesos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyME), ayudará a solventar temporalmente problemáticas como el pago de los servicios de luz, agua, teléfono y gas, la previsible baja demanda de sus bienes y servicios y cualquier posible incremento en el costo de sus materias primas por escasez o acaparamiento.

Este programa es efectivo para los establecimientos que tienen un máximo de 10 personas ocupadas. A mayor cantidad de personas empleadas y mayor tiempo de inactividad, se requieren mayores montos de apoyo para que los establecimientos sigan operando.

Por otro lado, sostiene que hace falta legislar a nivel nacional el programa de seguro de desempleo como un instrumento de protección social.

En ese sentido, destaca que se han presentado más de 15 iniciativas en las que se propone que este esquema sea no contributivo; es decir, obtenga su financiamiento de los recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación y se haga en corresponsabilidad con las entidades federativas.

Los casos analizados en Yucatán y la Ciudad de México arrojan evidencia de que el número de solicitudes por seguro de desempleo durante la pandemia excedió el límite de cobertura originalmente proyectado.

La investigación concluye que el seguro de desempleo es un mecanismo de protección social y no puede ni debe estar desvinculado de una amplia reforma fiscal, de pensiones y de seguridad social.

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