Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que diseñe e implemente acciones afirmativas para personas mexicanas residentes en el extranjero en el presente proceso electoral, y que participen en las listas de representación proporcional de cada una de las circunscripciones plurinominales, cumpliendo con el principio de paridad. En ese sentido, el instituto deberá modificar el acuerdo impugnado a la brevedad.

El 29 de diciembre de 2020, la Sala Superior del TEPJF ordenó al INE modificar el acuerdo INE/CG572/2020, a fin de que el Consejo General determinara los 21 distritos en que los partidos deberán postular candidaturas indígenas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, ampliando esa obligación a sus candidaturas de representación proporcional.

También se ordenó al Consejo General del INE establecer medidas afirmativas que garanticen las condiciones de igualdad para la participación política de las personas con discapacidad, y las extienda a otros grupos sociales en situación de vulnerabilidad en el actual proceso electoral, tomando en cuenta la paridad de género.

El INE emitió el acuerdo el 15 de enero e incluyó medidas afirmativas para personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual, mismas que hoy quedaron validadas por la Sala Superior. Los partidos Verde Ecologista de México; del Trabajo; Encuentro Solidario y Acción Nacional, interpusieron recursos de apelación, y se recibieron juicios de la ciudadanía.

La Sala Superior resolvió las impugnaciones del acuerdo del INE por el que especificó los distritos electorales donde se deberán postular candidaturas indígenas, que elaboró por orden de la Sala Superior, mismo que ahora tendrá que modificar para generar las acciones afirmativas a favor de mexicanos que viven en el extranjero, y en el que también se definieron acciones afirmativas para el proceso electoral federal 2020-2021.

Se ordenó además al INE llevar a cabo un estudio sobre la eficacia y funcionamiento de las medidas afirmativas, el cual deberá efectuar una vez finalizado el proceso electoral, a fin de ponerlo a disposición del Congreso de la Unión.

También se ordenó al INE dar la posibilidad de que cada persona registrada como candidata, pueda solicitar la protección de sus datos personales respecto de la acción afirmativa por la que participa.

En sesión pública no presencial, por videoconferencia, las y los magistrados dieron vista al Congreso de la Unión para que, en el ámbito de sus atribuciones, garantice a las personas mexicanas residentes en el extranjero el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales relacionados con su representación legislativa en el ámbito federal, por ejemplo, por medio de la figura de diputación migrante, para lo cual el INE deberá coadyuvar. (Asunto: SUP-RAP-21/2021 y acumulados)

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