A la opinión pública
La Auditoría Superior de la Federación, ASF, es la institución del sistema nacional anticorrupción, que, al ser un órgano técnico de la Cámara de Diputados, donde nos encontramos representados todos los mexicanos, la convierte en el auditor del pueblo; por lo tanto, siendo la institución responsable de la fiscalización de los recursos federales, se espera que se actúe con objetividad, independencia, integridad, legalidad, eficacia y con la debida transparencia, permitiendo el escrutinio ciudadano.
Por lo anterior, el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar que su conducción recaiga en personas con probidad, acreditada, independencia real, solvencia, técnica y compromiso democrático.
Que la ASF no debe servir, bajo ninguna circunstancia, como instrumento de intereses personales, facciosos o partidistas; ni como mecanismo de ataque, adversarios, políticos, ni como escudo de protección de prácticas de corrupción, sino como garante, imparcial de la legalidad, la eficacia del gasto público y el interés general.
Que en un estado democrático y de derecho, la ASF debe contar con contrapesos internos, efectivos, reglas claras de control institucional y mecanismos de evaluación objetiva, que impidan la concentración personal del poder y prevengan prácticas discrecionales que erosionan la confianza ciudadana.
Que la falta de participación de la ASF en el Sistema Nacional Anticorrupción ha contribuido a la falta de consecuencias efectivas frente a irregularidades graves y a una percepción ciudadana de debilidad institucional.
Que el andamiaje jurídico-normativo, que rige actualmente a la ASF, resulta insuficiente frente a las demandas de transparencia, revisión de rendición de cuentas y combate a la corrupción, por lo que requiere una revisión profunda y reformas estructurales, que fortalezcan la capacidad investigada, su impacto correctivo y su apertura a la vigilancia ciudadana.
Por lo anteriormente señalado, las personas integrantes del Observatorio del Sistema Nacional Anticorrupción, A.C., Invitamos a los participantes en el proceso de selección de quien será la (el) titular de la Auditoría Superior de la Federación, a partir del próximo 16 de marzo de 2026, suscriban la siguiente carta donde se comprometen a la organización de foros, con especialistas en fiscalización superior y la sociedad en general para la identificación de un nuevo Marco de actuación que garantice, independencia, legalidad, eficacia y transparencia en su funcionamiento, incluyendo al menos los asuntos que se establecen en este compromiso.
Observatorio del Sistema Nacional Anticorrupción A.C.
Compromiso que celebran las personas que participarán en el proceso de selección de quien ocupará la titularidad de la Auditoría Superior de la Federación por el periodo 2026-2034.
Consciente de la falta de responsabilidad pública, que implica mi participación en el proceso de selección como titular de la Auditoría Superior de la Federación para el periodo 2026-2034, así como el reclamo ciudadano para que la institución actúe con integridad, eficacia, independencia, objetividad y transparencia, suscribo este documento ante los diversos sectores de la sociedad civil, la academia, los medios de comunicación y la ciudadanía, en general, con el propósito de organizar los foros necesarios, con la participación de expertos en fiscalización superior y la ciudadanía en general para discutir, al menos los siguientes aspectos:
Primero: Que la reelección de la persona titular de la ASF debe eliminarse de manera definitiva, al contribuir un incentivo perverso que compromete la independencia que exige la función fiscalizadora. Segundo: Restablecer y fortalecer el consejo de dirección, así como de la unidad de auditoría interna y evaluación de la gestión de la ASF, dotándolos de reglas claras de funcionamiento y capacidad efectiva de control, evaluación y toma de decisiones.
Tercero: Promover que las modificaciones al reglamento interior de la ASF, previo a su publicación, cuenten con la aprobación del Consejo de Dirección y la Comisión de Vigilancia de la ASF, escuchando la opinión de la Unidad de Evaluación y Control, para garantizar que fortalezca en los objetivos institucionales.
Cuarto: Promover que la ASF publique los pronunciamientos, mediante los cuales se determine la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar las acciones que se les dieron a conocer a los entes fiscalizados en los resultados de fiscalización que establece el artículo 41 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Quinto: Promover que se regresen las atribuciones para elaborar los dictámenes técnicos para denuncias de hechos a las áreas auditoras sin esperar el cierre de la etapa de seguimiento cuando se cuente con elementos suficientes, como contempla el artículo 43 de la ley de fiscalización y rendición de cuentas de la Federación.
Sexto: Promover que se establezca un plazo máximo de dos años, a partir de la presentación del informe de resultados a la Cámara, para presentar denuncias de hechos o expedientes de responsabilidades, evitando dilaciones en procesos sancionatorios.
Séptimo: Impulsar una coordinación efectiva entre las instituciones que conforman el Sistema Nacional Anticorrupción, garantizando que las acciones que se contemplan en los informes de resultados se traduzcan en investigaciones oportunas, procedimientos sancionatorios eficaces y consecuencias reales frente a actos de corrupción.
Octavo: Que el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior (PAAF), se publique a más tardar el último día del año de la cuenta pública que iniciará su fiscalización. Que la ejecución de la totalidad de las auditorías inicia a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al de la cuenta pública a fiscalizar y que en toda baja de auditorías del PAAF se señalan las causas en la publicación que se haga de la misma.
Noveno: Reconocer a la sociedad civil, la academia y los medios de comunicación como aliados estratégicos del combate a la corrupción e impunidad y la rendición de cuentas, por lo que se establecerán mecanismos permanentes de diálogo, observación y evaluación ciudadana sobre el desempeño de la ASF.
Convencido de que la credibilidad de la Auditoría Superior de la Federación, es condición indispensable para la confianza pública, en las instituciones y para el combate efectivo de la corrupción, suscribo el presente documento, asumiendo que su cumplimiento será exigible, no sólo en el plano moral, sino ante la opinión pública.
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