La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dirigió la Recomendación 30/2020, a los titulares del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Luis Antonio Ramírez Pineda, y del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto; al primero, por la inadecuada atención médica y pérdida de la vida de un paciente de 37 años, y a ambos directivos por imposibilitar el acceso a la información en materia de salud.

Este Organismo Nacional Autónomo acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y acceso a la información en esta misma materia, atribuible a personal médico del Hospital Regional del ISSSTE, en Monterrey, Nuevo León, y de la Unidad de Alta Especialidad de Traumatología y Ortopedia número 21 del IMSS en esa misma ciudad.

La víctima había sufrido una caída del techo de su casa, por lo que fue trasladado al Hospital Regional, donde se le diagnosticó como policontundido, con reporte de rayos X sin datos de fractura, se le realizó sutura en herida y después de cuatro horas fue dado de alta con cita abierta para traumatología y ortopedia.

Al tercer día el paciente fue llevado a la Unidad de Alta Especialidad de Traumatología y Ortopedia número 21 del IMSS, donde recibió atención médica y se le realizó una tomografía de cráneo simple, donde se observó hemorragia intraparenquimatosa frontal derecha, por lo que fue intervenido quirúrgicamente; posteriormente presentó paro cardiorrespiratorio, decretándose su muerte y señalándose en el certificado de defunción como causa de la misma, contusión profunda de cráneo.

De lo anterior, la Comisión Nacional observó que los médicos que atendieron al herido en el ISSSTE omitieron solicitar radiografía de cráneo o tomografía, intervención de neurocirugía, y lo dieron de alta con diagnóstico de policontundido, por lo que se estableció una atención médica inadecuada al desestimar el traumatismo craneoencefálico y la cinemática del trauma. La dilación en establecer el diagnóstico y tratamiento oportuno tuvo como consecuencia que el paciente perdiera la vida; aunado a que dos de los médicos, eran residentes y durante su intervención no fueron supervisados por el médico responsable.

Además, la médica del IMSS que llenó el certificado de defunción de la víctima no lo realizó conforme a la “Guía para el llenado de los Certificados de Defunción y Muerte Fetal”.

Por lo anterior, la CNDH solicitó al titular del ISSSTE, se repare integralmente el daño ocasionado a familiares del agraviado que conforme a derecho les corresponda; proporcione la atención tanatológica y psicológica en caso de requerirla; se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, así como colaborar con el Órgano Interno de Control en el ISSSTE, en el seguimiento de la queja que se inicie en contra de las personas servidoras públicas que resultaron responsables, y se anexe copia de la determinación, así como de la Recomendación en sus expedientes laborales.

Asimismo, se colabore con la Fiscalía General de la República en el seguimiento de la denuncia de hechos que este Organismo Nacional formule, y se adopten medidas efectivas de prevención que permitan garantizar que los expedientes clínicos se encuentren debidamente integrados.

Se deberá capacitar al personal del Hospital Regional, en materia de derechos humanos, específicamente al derecho a la protección de la salud, a la vida, conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas invocadas en la presente Recomendación; que emita una circular al personal médico del Hospital Regional, en la que se exhorte a someterse al proceso de certificación y recertificación ante los Consejos de Especialidades Médicas para brindar un servicio médico adecuado y profesional.

Establecer un protocolo que garantice la supervisión por parte de médicos autorizados para ello, del personal en proceso de formación, ya sean residentes o de servicio social, durante su capacitación clínica, quirúrgica y/o de campo en el Hospital Regional.

Al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, se le solicitó capacitar al personal de la Unidad Médica 21, en materia de formación de derechos humanos, específicamente sobre la “Guía para el llenado de los Certificados de Defunción y Muerte Fetal”; que colabore con el Órgano Interno de Control en el IMSS, en el seguimiento de la queja que presentará esta Comisión Nacional y anexar copia de la determinación y de la Recomendación en el expediente laboral.

Esta Recomendación, ya fue notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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