*Necesario vigilar inversión privada en seguridad
La reforma al artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública otorga una herramienta más al Gobierno federal para el combate a la delincuencia.
Es importante hacer un aparejamiento de la legislación de todos los estados de la República, porque existe una diversidad de requisitos que complica el trabajo en materia de combate contra la delincuencia.
El problema de la delincuencia organizada rebasa colores y partidos políticos, sin embargo, hacemos un llamado para cuidar, de manera particular, la inversión extranjera en la actividad de la seguridad pública y, en este caso, de seguridad privada.
Con la reforma al artículo 150 se podrá solucionar el problema que ocasiona el exceso de requisitos que los particulares deben cubrir al solicitar autorizaciones.
Se pretende solucionar cuestiones de invasión de competencias de las legislaciones locales en atribuciones exclusivas del ámbito federal. Por una parte la federación, a través de la Secretaría de Seguridad Pública Federal se encargará de autorizar los servicios de seguridad que se presten en dos o más entidades federativas, en tanto que las entidades federativas se encargarán de autorizar los servicios que se presten en un solo estado.