*Necesario reformar el artículo 16 de la Constitución
Es exigencia de la ciudadanía que legislemos para acabar con el autoritarismo, la falta de transparencia, el desconocimiento de la ley por la falta de difusión y que les demos herramientas a los jueces para avanzar en la tan anhelada búsqueda de la justicia.
Por qué es que la ley ha logrado posicionarse por encima de las demás fuentes del derecho. Pues bien, lo ha hecho ya que se le ha dotado de ciertas ventajas que las demás fuentes no cuentan. Ventajas que según el propio Estado moderno son protectoras y siempre en beneficio de las personas.
Las ventajas o beneficios de la ley son verdaderos pilares de éstas, ya que en ellos se cimienta toda la concepción actual del Estado moderno y particularmente, el sistema positivo mexicano.
Hagamos énfasis en que los principales principios o pilares que han sido justificación para considerar a la ley como la fuente de fuentes y rectora de los sistemas de corte moderno son el principio de la legalidad y el principio de la seguridad jurídica.
Sin embargo, al día de hoy, estos principios son meras concepciones académicas, doctrinales, que no están reguladas, o mejor dicho, garantizadas en nuestra ley suprema, lo que hace que los pilares sobre los que se sostiene el sistema positivo mexicano sean endebles y por tanto, carezcan de legitimidad y certeza.
Por qué la importancia de plasmar el principio de la legalidad en nuestra Constitución. La legalidad garantiza que hubo un proceso legislativo previo para delimitar las facultades de los servidores públicos y con esto dotar al ciudadano de un freno contra el autoritarismo y el mal gobierno.
Tal y como se encuentra en la actualidad el texto constitucional, únicamente se reconoce el principio de legalidad en las materias de contribuciones, en la actuación policiaca, en la materia electoral, en el derecho penal y en las sanciones administrativas a los servidores públicos, así como en la administración pública, exclusivamente a nivel municipal. Es decir, en México, por regla general, no se garantiza el principio de legalidad.
En un verdadero Estado de Derecho, el gobernado sabe por lo menos que la autoridad no podrá afectarlo en su persona más allá de lo que se estipuló en la ley, como lo establece el principio que versa: La autoridad únicamente puede hacer aquello que le está expresamente conferido.
Por otro lado, en nuestra Carta Magna no encontramos ninguna referencia constitucional al principio de seguridad jurídica, que es el binomio perfecto del principio de legalidad con el que se da certeza normativa y consecuentemente previsibilidad de su aplicación.
Ya lo dijo Recasens Siches: Sin seguridad jurídica no hay derecho ni bueno, ni malo, ni de ninguna clase. La seguridad jurídica da coherencia a todo el ordenamiento jurídico y es una de las aristas más importantes del mismo, ya que el gobernado tiene la posibilidad de conocer cuál es la ley vigente.
Si aprobamos la reforma constitucional que presenté, estaremos reconociendo lo que ya han hecho en estados como Guanajuato, así como en otras latitudes del mundo, Costa Rica, Chile, España, Ecuador o Argentina, entre otros.
Para que los ciudadanos puedan exigirles a las autoridades el cumplimiento de los principios de legalidad y de certeza jurídica también se está considerando en la presente reforma la inclusión del principio de la publicidad normativa.
¿Cuántas veces desconocemos el sin fin de cuerdos, circulares o inclusive reglamentos que emite determinada autoridad? Es sabido por todos que las Legislaturas locales y federales publican en sus páginas de Internet reformas legales que se aprueban, sin embargo también es cierto que se vuelve un verdadero calvario conocer toda la normatividad que se regula por una autoridad, sobre todo aquélla que es emitida por el Ejecutivo o inclusive por los órganos autónomos.
Reconociendo el principio de publicidad normativa se estaría cerrando el círculo de garantías que tienen las personas respecto de probables actos autoritarios del gobierno.
De esta forma las personas podrán exigir que se divulgue por medios electrónicos e impresos el orden jurídico nacional, para que todos los mexicanos conozcan las estructuras y el funcionamiento de las instituciones, las obligaciones de los servidores públicos, sus derechos y sus obligaciones, tal como lo propone la reforma electoral de Acción Nacional 2012-2018.
De aprobarse esta iniciativa, el ciudadano tendrá la garantía de conocer y con esto garantizar que el servidor público no realice actos autoritario y, por otro lado, que la persona pueda prever las consecuencias jurídicas de su actuar o el de sus gobernantes.