*Urge reformar la Ley Telecom

Es necesario reformar el Artículo 230 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, mejor conocida como Ley Telecom, ya que exige que en sus transmisiones las estaciones radiodifusoras de los concesionarios deberán hacer uso del idioma nacional, entendido éste como el castellano, lo cual representa una clara violación a los derechos de los pueblos indígenas para utilizar sus lenguas originarias, restringiendo su uso a aquellas concesiones de uso social indígena.

Tanto el artículo 2 de nuestra Constitución, como el Artículo 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas y el Artículo 16 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, consagran los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.

Por ello la legislación nacional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión debe ser reformada para evitar privilegiar la difusión de la lengua castellana por encima de las lenguas indígenas en los medios masivos de comunicación, y menos aún considerar que el castellano es el idioma nacional, lo que contraviene los principios constitucionales y los tratados internacionales antes considerados.

La propuesta de reforma al Artículo 230 de la Ley Telecom busca evitar la discriminación, coerción, limitación, inhibición o restricción de la utilización de lenguas indígenas en cualquiera de las estaciones radiodifusoras de los concesionarios.