*Ley General de Desarrollo Social
Nuestro sistema jurídico debe ser eficiente para cumplir con la satisfacción de las necesidades de la población y garantizar el cumplimiento irrestricto de cada uno de sus derechos.
Por ello considero indispensable hacer congruente la Ley General de Desarrollo Social con lo establecido en la Carta Magna, para evitar distorsiones que se deriven de su interpretación, particularmente si sobre Derechos Humanos se refiere.
Mediante una iniciativa para reformar la Ley General de Desarrollo Social, aseguro que la concepción de los Derechos Humanos contenidos en la Constitución se refiere a una visión incompatible con la que establece la Ley General de Desarrollo Social y de manera específica con lo que se refiere a los aspectos de salud y vivienda, “se genera una dualidad de conceptos que puede dar origen a interpretaciones equivocadas.
En este sentido, es evidente que las discrepancias entre los términos y conceptos que se contienen en la Ley General de Desarrollo Social y los de la Constitución Política en relación a los derechos a la protección a la salud y a la vivienda digna deben ser corregidas, “es necesario adecuar la legislación interna con el propósito de hacer efectivos cada uno de los derechos fundamentales.