*Endurecimos sanciones a delitos informáticos

Con la adecuación al Código Penal Federal actualizamos el catálogo de los llamados delitos informáticos, porque prevé un marco jurídico en la materia y sanciona a quien divulgue información proveniente de los sistemas financieros.

La irrupción de las nuevas tecnologías de la información en la vida de los particulares, de los sistemas financieros, de la actividad del Estado y de la sociedad en su conjunto, ha generado prácticas antisociales y delictivas que afectan a todos los ámbitos que dependen de las redes informáticas.

Dicha situación obliga a actualizar el marco jurídico a fin de proteger los bienes que son de vital interés para la comunidad, como son la seguridad e integridad de las personas y su patrimonio; los datos personales e institucionales; identidad personal; información; bienes sociales y comunitarios que se ponen en peligro por la utilización ilícita de métodos y mecanismos novedosos, sustentados en las nuevas tecnologías informáticas.

Con las reformas se cubren vacíos legales al actualizar el Código Penal Federal y reelaborar los tipos penales, reconociendo conductas antisociales e ilícitas que utilizan con fines delictivos los sistemas y medios informáticos.

En materia de trata de personas, corrupción de menores, turismo sexual y pornografía infantil, se contempla castigar con mayor severidad estos ilícitos, toda vez que México ocupa uno de los primeros tres lugares en materia de pornografía infantil.

De igual modo se castiga con severidad a quien emplee los sistemas y medios informáticos como instrumentos para fines de amenazas y delitos patrimoniales como la extorsión y el fraude. Además, se sanciona el uso de estas herramientas cuando tengan por objeto el robo de identidad.