*Grave omisión de los anteriores diputados federales

En México las Instituciones que han formado a los médicos y homeópatas llevan en su historia más de un siglo de lucha jurídica, política y social, cuyo objetivo ha sido poner al servicio de la población la homeopatía a través de profesionales capacitados y con alto sentido de responsabilidad social, forjando una tradición que se puede observar a través de la alta aceptación que tienen entre la sociedad.

En 1879 se funda la Escuela de Medicina Homeopática, con lo que da inicio la educación formal en México, pero es hasta 1895 cuando Porfirio Díaz expide el decreto que daría origen a la Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía (ENMH), a cuyos egresados se les otorgó el título de médico cirujano homeópata.

Un año después (1896) se inaugura oficialmente el Hospital Nacional Homeopático.

Es precisamente la Escuela Nacional de Medicina Homeopática del Instituto Politécnico nacional, la que describe las características con que forman a los médicos cirujanos y homeópatas, es una profesión innovadora, ya que además de preparar al alumno como médico con conocimiento de ciencias básicas, salud pública y clínicas se le capacita en el manejo de la terapéutica homeopática, lo cual hace que tengan una ventaja sobre la medicina tradicional, el plan de estudios tiene asignaturas que otras escuelas no tienen como medicina genómica, biomedicina molecular, pre hospitalaria I, pre hospitalaria II, reanimación cardiopulmonar, estas últimas materias proporcionan la salida colateral de técnica en urgencias médicas, todo esto permite que egrese gente con formación mas sólida para atender las necesidades de salud pública de las poblaciones.

En la actualidad, esta omisión atribuible a los legisladores de la LXI Legislatura,  y que hoy proponemos como una modificación a un artículo, porque se debe interpretar como una adversidad más en la larga carrera contra el poder público y también contra los intereses económicos que están detrás de la medicina alópata, pero surgen como una oportunidad para unir a la comunidad y hacer un frente común, a fin de precisar en la Ley General de Salud, que los únicos profesionales reconocidos por la SEP para brindar un servicio óptimo en el ramo de la homeopatía son precisamente los médicos Homeópatas, que aparte de tener la formación esencial de médico general, son instruidos en exclusiva, con los conocimientos de la terapéutica homeopática, de reconocida eficacia dentro del gremio y con alta demanda entre los mexicanos.

Por ello, es necesario que la Ley General de Salud, deposite la responsabilidad de prescribir las recetas en los profesionales de la homeopatía, que son los médicos homeópatas, ya que con ellos se garantiza que los usuarios de los servicios de salud, en los ámbitos federal, estatal o municipal, o en la concurrencia de los sectores públicos privados y social, estén atendidos por recursos humanos que tienen formación profesional y que le asegura a la población la calidad necesaria en el sistema de salud mexicano, toda vez la obligatoriedad constitucional que tiene el Estado mexicano (artículo cuarto) de dar la protección de la salud de la población, requiere de un sistema de salud más apto, capaz y eficiente.

Por lo expuesto, sometí a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de Decreto para reformar la Ley General de Salud:

Artículo Único. Se reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 28 Bis. Los profesionales que podrán prescribir medicamente son:

1. Médicos;

2. Médicos homéopatas;

3. Cirujanos dentistas;

4. Médicos veterinarios en el área de su competencia, y

5. Licenciados en enfermería, quienes únicamente podrán prescribir cuando no se cuenten con los servicios de un médico, aquellos medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaria de Salud.

6. Los profesionales a que se refiere el presente artículo deberán contar con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras antes mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificadas que determine la secretaría.