*Grave indiferencia del Estado en desapariciones

El Estado tiene la obligación de proteger a las personas del ilícito de desaparición forzada, sea perpetrado por particulares o agentes estatales, ya que de esta grave violación a los derechos humanos se registraron cuatro mil casos en  2012, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Por ello acusamos que en el contexto de desapariciones forzadas en el país se puede asumir que la falta de investigación inmediata y seria por parte del Estado, hace pensar que la autoridad permite o al menos tolera esta agresión a la sociedad.

Una de las consecuencias más graves de la desaparición es que la persona queda completamente imposibilitada para ejercer sus derechos y la comisión del acto no sólo afecta a la persona violentada, sino a sus familiares y a la sociedad en su conjunto.

Su complejidad, y los compromisos internacionales, obligan a que tanto los Estados como la comunidad mundial cuenten con mecanismos para prevenir y, en su caso, sancionar y reparar la desaparición forzada.

Es menester por tanto adoptar medidas a nivel legislativo, administrativo y judicial, mediante la emisión de normas penales y el establecimiento de un sistema de justicia para prevenir, suprimir y castigar la participación de agentes e individuos en actos de desaparición involuntaria, y para investigarlos efectivamente.

Si bien esta Ley General para Prevenir, Investigar Sancionar y Reparar la Desaparición ya es analizada en la comisión correspondiente, los procesos legislativos nos permiten retirarla para hacer las adecuaciones y volver a presentarla.

Es algo que evaluaremos en el afán de entregar a la sociedad un documento que dé respuesta a todas sus necesidades en el tema.