*Fortalecer derechos humanos
Los derechos humanos son inherentes a toda persona por su sola condición de serlo, sin distinción de género, edad, raza, nacionalidad o clase social.
El respeto y la no discriminación constituyen los principales derecho que tenemos tanto hombres como mujeres.
Por ello apoyamos el dictamen por el que se reforman diversas fracciones de los artículos 7 y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Esto con el propósito de unificar los criterios de Derechos Humanos y no discriminación contemplados en la Constitución con dicha ley.
La Constitución, en su artículo primero, consagra que las autoridades de los tres órdenes de gobierno tienen el mandato de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Asimismo, prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquiera otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Sabemos que la discriminación tiene efectos sociales y personales muy hondos sobre cada individuo, y propicia segregación social.
Por ello, la imperante necesidad de contrarrestar toda práctica discriminatoria, comenzando desde el ámbito público.
Lo que se busca, es eliminar la discriminación, en cualquiera de sus manifestaciones, en las instituciones públicas y gubernamentales del país.
Y el primer paso, es armonizar, en la normatividad de los servidores públicos, los criterios que permitan garantizar los derechos humanos y la no discriminación en materia laboral, a través de la relación entre los propios Servidores Públicos.
Pues desafortunadamente, aún se presentan hechos que dan cuenta de la discriminación que viven algunas personas en razón de su orientación sexual e identidad de género.