La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el mensaje difundido el 4 de enero de 2015 en cadena nacional por parte del Presidente de la República no vulneró el principio de equidad durante el proceso electoral en curso.

Ante ello, se resolvió que los mensajes denunciados se encuentran dentro de los parámetros establecidos por la normativa electoral, porque de su contenido no se advierte la existencia de elementos que impliquen propaganda electoral o promoción personalizada.

Además, el mensaje transmitido en cadena nacional no fue difundido dentro del periodo de campaña electoral, ni contiene elementos de carácter político – electoral y se realizó dentro del marco de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

En la sentencia se precisa que la finalidad del mensaje fue informar a la ciudadanía sobre el trabajo realizado durante 2014, además de las acciones y medidas del gobierno federal de frente al inicio del año 2015.

En sesión pública, el Pleno aprobó por unanimidad el proyecto de sentencia en el que se establece que al no acreditarse un incumplimiento en materia electoral, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) tampoco es responsable de la conducta atribuida por la posible falta al deber de cuidado.