Ninguna autoridad en México puede hoy argumentar desconocimiento de los derechos humanos de las personas en su actuación, cualquiera que sea su nivel de competencia, dijo el Ministro Sergio Valls Hernández.

El Presidente de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enfatizó que la reciente reforma constitucional en materia de derechos humanos y la obligatoriedad de asumir los tratados internacionales en la materia, obligan a todos los funcionarios públicos a vigilar que su conducta no viole dichos derechos.

Al dictar la conferencia magistral Las Reformas Constitucionales en materia de derechos fundamentales y la Nueva Ley de Amparo, en la Casa de la Cultura Jurídica de la SCJN en Tijuana, Baja California, el Ministro Valls Hernández expresó que México abandona un sistema sumamente restrictivo de protección jurídica, al entrar en vigor la nueva Ley de Amparo.

“El Poder Judicial de la Federación (PJF) tiene un papel fundamental en la aplicación eficaz de la nueva Ley de Amparo, como instrumento que permita a los jueces concretar las reformas constitucionales en materia del juicio de garantías y derechos humanos, a través de la labor interpretativa que en cada caso lo exija, ello, en aras de un juicio de amparo menos restrictivo en su acceso y eficaz en la reparación de derechos fundamentales que hayan sido violado por autoridades e inclusive por particulares”, subrayó.

En su exposición, el Ministro Valls Hernández consideró que los juzgadores federales del país tienen la obligación de actualizar sus conocimientos constantemente.

“Debemos aprender a que los derechos humanos son aplicables para todas las personas, en todo tiempo y lugar, por lo que resulta impensable su desconocimiento o aplicación parcial; en cuanto al principio de interdependencia, en cuanto que todos los derechos humanos están interrelacionados, de modo que la violación de uno implica un riesgo latente para los demás”, precisó.

Por tanto, expuso, para llevar a cabo nuestra labor como jueces federales, debemos tener presente no sólo la Constitución Federal, sino también los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

El Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Constitucional comentó que las reformas a los preceptos constitucionales en materia de derechos humanos y la nueva Ley de Amparo darán lugar a una intensa labor interpretativa de los órganos jurisdiccionales federales, entre los cuales están:

- La procedencia del amparo en contra de omisiones, que vulneren los derechos fundamentales reconocidos tanto por la Constitución como también por los tratados internacionales, así como las garantías establecidas en ambos instrumentos; el principio de parte agraviada, que implica la exigencia de un interés legítimo para promover el amparo, salvo ciertos supuestos, a diferencia del interés jurídico que anteriormente se requería siempre y en todo caso.

- La concepción de “autoridad” para efectos del amparo, que ya no puede seguir calificándose bajo un esquema tradicional, sino realmente desde la óptica de la mayor protección a los derechos fundamentales, y cuya vulneración como lo han estudiado diversos juristas, no solo puede derivar de actos de autoridades, sino también de particulares. Y

- La decisión de conceder o no la suspensión de los actos reclamados, pues, a diferencia de la anterior normatividad reglamentaria, la nueva Ley de Amparo, en sus artículos 128, 129 y 130 que regulan la medida suspensional, cuando la solicita la parte agraviada, establecen las condiciones para otorgarla: que exista tal solicitud y que no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público, entre otras.

La conferencia del Ministro Sergio Valls se enmarcó en el proceso de capacitación y actualización que lleva a cabo el Poder Judicial de la Federación (PJF) a nivel nacional a todos sus integrantes y a la comunidad jurídica que quiera participar.