La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la solicitud de facultad de atracción 106/2013, presentada por el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y al hacerlo, determinó atraer un amparo en revisión que permitirá analizar, si es el caso, la naturaleza de las Comisiones de Derechos Humanos, en especial la del Distrito Federal, así como las recomendaciones por ellas emitidas.
La importancia y trascendencia radica en que, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto, la Primera Sala estará en la posibilidad de estudiar los alcances del artículo 49 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal que establece que: “La autoridad o servidor público que haya aceptado la recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal tendrá la responsabilidad de su total cumplimiento”.
También se estará en la posibilidad de determinar cuáles son las diferencias entre las recomendaciones emitidas por dicha comisión y las aceptadas por las autoridades a las que están dirigidas y, paralelamente a ello, a partir de cuándo se tiene por aceptada una recomendación y, dado su incumplimiento, si lo que se actualiza es un acto de autoridad por omisión impugnable a través del amparo.
Es de mencionar, finalmente, que el presente amparo fue promovido por el supuesto incumplimiento de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal de la recomendación que emitió la citada Comisión de Derechos Humanos, ante la cuestionada detención ilegal de tres personas consideradas como presuntos responsables de los delitos de robo y secuestro exprés, agravados en pandilla.