La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, resolvió el amparo directo en revisión 3641/2013, que tiene que ver con la sucesión testamentaria de un autor de diversas películas, las regalías de las mismas y la interpretación de un acuerdo de voluntades denominado agreement, que se refiere a la titularidad de 39 películas caracterizadas por el autor de la sucesión demandada, a nombre de una persona diversa al representante de dicha sucesión.
Al resolverlo, la Primera Sala determinó desechar el recurso de revisión en cuestión y, al hacerlo, dejar firme la sentencia recurrida, en la cual el tribunal colegiado competente negó el amparo al representante de la sucesión testamentaria.
El motivo de haber desechado el recurso es porque en él no se cumplen los requisitos que exige la Ley de Amparo aplicable (artículos 83, fracción V, y 84, fracción II), toda vez que el aquí recurrente, no planteó la inconstitucionalidad de normas generales, ni solicitó la interpretación directa de un precepto constitucional y, en consecuencia, el tribunal colegiado no se pronunció ni omitió pronunciarse sobre tales cuestiones, aunado a que no realizó la interpretación directa de algún precepto de la Constitución General.
Se subrayó, además, que este Máximo Tribunal ha sostenido en jurisprudencia que la sola cita de preceptos en la demanda de amparo, así como el señalamiento de que la autoridad responsable trasgredió preceptos de la Constitución General, no constituyen planteamientos propiamente constitucionales para el efecto de hacer procedente el recurso de revisión en amparo directo.