La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría de votos, la solicitud de facultad de atracción 56/2013, presentada por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Al hacerlo, atrajo un amparo en revisión que permitirá estudiar, si es el caso, cuáles son las medidas que las autoridades deben adoptar para investigar las denuncias de feminicidio y violencia de género, para así continuar abonando en la tarea de incluir a la perspectiva de género en sus funciones jurisdiccionales.
Es de mencionar que el presente asunto ejemplifica los principales problemas que revisten las investigaciones de violencia de género y feminicidio, toda vez que en la averiguación previa abierta con motivo de la muerte de una mujer en Chimalhuacán, estado de México, víctima en el amparo que aquí se atrae, se dio noticia, por parte del esposo, de su fallecimiento como un suicidio, pero también, de acuerdo con la declaración de la madre de la hoy occisa, como un acto de violencia feminicida. De ahí su denuncia ante el ministerio público del homicidio de su hija en contra de quien resultare responsable, así como la promoción del presente amparo.
Así, independientemente de cómo sucedió la muerte de la señora y, sin prejuzgar sobre el tema, en el caso, es claro que existe la denuncia de un crimen de género y de antecedentes de violencia.
El interés y trascendencia del amparo se debe a que la Primera Sala estará en posibilidad de determinar si el desarrollo de la averiguación previa atendió a un tema de violencia de género y, en caso de ser así, si se adoptaron las medidas necesarias para atenderlo. Lo cual significa, satisfacer los estándares de fuente nacional e internacional para la evaluación de la investigación realizada en este tipo de casos.
Asimismo, también se podrá pronunciar sobre las obligaciones del Estado mexicano y, en particular de las autoridades ministeriales, para investigar con la debida diligencia los casos de violencia de género y cumplir con la normativa nacional e internacional orientada a erradicar dicha violencia y, de esta manera, proteger los derechos humanos de las mujeres.
Además, podrá analizar la relación que este derecho tiene con el de acceso a la justicia y con otros derechos fundamentales de las víctimas del delito durante la investigación y el proceso penal.