La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la reasunción de competencia 44/2013, presentada por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Determinó reasumir una vez más su competencia originaria para conocer de un amparo en revisión en el que tres personas impugnaron la constitucionalidad de las porciones normativas de los artículos 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, que regulan el matrimonio y el concubinato como la unión de un hombre y una mujer, lo cual, según ellos, al dejar fuera a un determinado grupo de personas, como son los homosexuales, lesionan sus derechos fundamentales.

La importancia y trascendencia del presente asunto radica en la posibilidad de analizar el alcance del interés legítimo, en un caso como éste donde no existe ningún acto de aplicación de la ley impugnada por parte de alguna autoridad para promover el amparo, ya que los quejosos exclusivamente lo promueven con la manifestación de que son homosexuales.

De esta manera, la Primera Sala podrá resolver la constitucionalidad de las instituciones del matrimonio y del concubinato que establecen, respectivamente, los artículos en cuestión. Al mismo tiempo que podrá precisar, por una parte, si las normas que discriminan a las personas por alguna de las categorías establecidas en el artículo 1° constitucional son o no autoaplicativas y, por otra, se esclarecerá si las personas con preferencias homosexuales tienen una situación especial frente al orden jurídico respecto a las normas impugnadas y, por tanto, tienen o no interés legítimo para impugnarlas.