Al no alcanzar los 8 votos que se requieren para invalidar una norma, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó las controversias constitucionales 73 y 74/2010 que promovieron la Cámara de Senadores y de Diputados, respecto del Decreto por el que se establecen las acciones que deberán llevarse a cabo por la Administración Pública Federal para concretar la transición a la Televisión Digital Terrestre, también denominado Apagón Analógico.

Por tal razón, el Decreto impugnado por el Poder Legislativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre de 2010, queda vigente.

En una controversia constitucional se requiere de una mayoría de ocho votos para que la norma se pueda declarar inconstitucional y como en este asunto se obtuvieron siete votos en ese sentido, ambas controversias se desestimaron..

Cabe señalar que el hecho de que se hayan desestimado las controversias constitucionales equivale a que el asunto no cuente con una resolución en ningún sentido, es decir, no se declara válida ni inválida una norma, sino se mantiene vigente.

En ese sentido, el Decreto tendrá por objeto establecer las acciones que deberán llevarse a cabo por la Administración Pública Federal para concretar la transición a la Televisión Digital Terrestre y concluir las transmisiones de televisión analógica, a partir del año 2011 y en su totalidad a más tardar, el 31 de diciembre de 2015, con el fin de optimizar el aprovechamiento del espectro radioeléctrico en beneficio de la población.