*Tenemos que evitar que se embarguen salarios
Propongo modificar el artículo 112 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de establecer un referente confiable que garantice con claridad la subsistencia de la familia del trabajador tratándose de embargos a la parte excedente del salario.
Lo anterior, en el marco del debate del Salario Mínimo y con la finalidad de restablecer la integridad del Derecho del Trabajo, protegiendo la subsistencia de las familias de los trabajadores en un contexto tutelar dentro de los principios del Estado social y Democrático de Derecho en armonía con el artículo 123 constitucional y las nuevas obligaciones de respetar, proteger, promover y garantizar los derechos humanos.
Mi iniciativa busca proteger al trabajador para que al menos dos líneas de bienestar económico queden a salvo de los embargos, ya que actualmente se protege sólo uno.
Con ello se pretende guardar el equilibrio entre la protección a la subsistencia del trabajador -del orden constitucional y de utilidad pública-, en contraste con la pretensión legítima del contratante de obtener el cumplimiento de una obligación contraída por el trabajador.
La consideración de dos líneas de bienestar económico -alrededor de cinco mil pesos al mes- debieran quedar completamente a salvo de cualquier tipo de embargo al trabajador.
Dicha medida se basa en la lógica de que una familia mexicana se compone en promedio de cuatro integrantes, de los cuales, la principal aportación la hacen dos personas y los dos restantes no estarían asalariados, por lo que a uno de los aportadores se le debe dar una línea de bienestar económico que proteja a un dependiente no asalariado.
En consecuencia, si dos integrantes aportan y dos son dependientes, la suma de cinco mil más cinco mil, resulta en que una familia estándar tuviera protegido libre de cualquier tipo de embargo, 10 mil pesos, es decir, dos líneas de bienestar económico.