Con la finalidad de otorgar certeza jurídica y clarificar el proceso para el reconocimiento de inocencia de un capitalino sentenciado por algún delito que no cometió, los Diputados Fernando Rodríguez Doval y Carlo Pizano Salinas del GPPAN, en la ALDF, propusieron reformar el Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, ya que una vez comprobada la no comisión del ilícito, la autoridad otorgue, sin más trámite, una resolución que le permita acceder a su libertad o bien inicie el procedimiento para obtener el indulto.

“Actualmente, explicaron,  el Código establece que una vez realizado el proceso para comprobar la inocencia del sentenciado, la resolución debe ser enviada al Jefe del  Ejecutivo Federal para que otorgue el indulto. Esto representa una incongruencia toda vez que el perdón y el reconocimiento de inocencia son dos figuras jurídicas distintas. La primera es facultad exclusiva del Presidente de la República, la segunda la determina  una autoridad judicial”.

Los legisladores indicaron que el Indulto es el acto mediante el cual el Presidente del País  otorga perdón, atenúa o suspende una condena, que si bien exime de la responsabilidad penal no lo hace sobre la reparación del daño. En tanto  el reconocimiento de inocencia es una resolución de la autoridad judicial cuando queda probada la inocencia del inculpado y  no está obligado a reparar el daño.

En este sentido, Rodríguez Doval y Pizano Salinas recordaron que para obtener dicho reconocimiento, el sentenciado debe acudir al Tribunal Superior de Justicia del DF a solicitarlo, presentando las pruebas pertinentes. La Sala a la que corresponda conoce del asunto al MP y a su defensor, para proceder al desahogo, que se realiza los cinco días posteriores de recibir el expediente.