El delito de feminicidio será castigado con una pena de prisión de 20 a 50 años en los casos de que el agresor infiera en la víctima lesiones, mutilaciones, se encuentren signos de violencia, el cuerpo haya sido expuesto o arrojado en un lugar público o haya sido incomunicada.

En tanto, el castigo sería de 60 años cuando el agresor y la víctima hayan tenido una relación afectiva, de confianza, sentimental o de parentesco, y también en los casos que haya existido una relación laboral, docente o que haya implicado subordinación o superioridad hacia ella.

Así lo aprobó por unanimidad en términos generales el pleno de la ALDF, especificándose las normas procedimentales para eficientar la persecución de dicho delito, donde los operadores de justicia estarán obligados a llevar una debida investigación acatando los lineamientos de operación que emita la Procuraduría General de Justicia, ya que de no ser así estos servidores públicos incurrirían en responsabilidad por no atender la debida diligencia.

Al razonar su voto, las diputadas Beatriz Rojas y Maricela Contreras se pronunciaron porque los órganos encargados de impartir justicia tengan una visión con perspectiva de género y disposición para garantizar un cambio de acceso en la impartición de justicia para las mujeres, para lo que se requiere de la capacitación de todas y todos los funcionarios encargados de esta labor en nuestra ciudad.

La presidenta de la Comisión de Equidad y Genero, Beatriz Rojas, subrayó que el feminicidio representa el extremo de violencia que incluye una variedad de abusos verbales y físicos, y poseen un sustrato común en la misoginia, crímenes que constituyen la forma más extrema de violencia motivada por el odio, desprecio, placer o sentimiento de propiedad sobre las mujeres tales como violación, tortura, esclavitud sexual, acoso sexual y mutilación genital.

Comentó en tribuna que Asamblea Legislativa se pone de nueva cuenta a la vanguardia en establecer normas con perspectiva de género al tratar de frenar la violencia física y simbólica en contra de las mujeres.

Subrayó que con esta reformas al artículo 148 bis del Código Penal  y de los artículos 105, 105 bis y 105 ter  del Código de Procedimientos Penales  ambos del Distrito Federal, se busca cambiar las condiciones históricas que generan prácticas sociales que permiten continuos atentados contra la integridad, la libertad y la vida de las mujeres en manos de conocidos y desconocidos que tienen en común el considerar a las mujeres como objetos y no como personas.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Salud de la ALDF, Maricela Contreras, dijo que el feminicidio trasciende el daño individual a una afectación social más amplia y profunda, pues se trata de un homicidio por motivos de género.

Tras señalar que el feminicidio es la violencia extrema hacia las mujeres que puede llegar hasta la muerte o el suicidio, la legisladora aseveró que ante ello el Estado está obligado a tutelar los derechos humanos y el acceso a una vida libre de violencia de las mujeres.