Guillermo Pimentel Balderas

Leonel Luna Estrada, diputado local del PRD, sostuvo que si bien la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal, establece que el gobierno deberá formular las políticas de promoción y construcción de viviendas, a través de créditos flexibles para este sector de la población, “es muy difícil que se brinde acceso y facilidades a los jóvenes para que puedan rentar o en su caso adquirir una vivienda”.

Señaló que en la Ciudad de México, siete de cada 10 jóvenes de entre 18 y 29 años viven en casa de sus padres, por lo que exhortó al Instituto de Vivienda del Distrito Federal (INVI) a generar acciones en beneficio de este sector de la población.

Sostuvo que de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda  2005 (2010)   del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática, para ese año, 26.5 por ciento de la población del Distrito Federal tenía una edad comprendida entre los 15 y 29 años.

No obstante, en el 2008, el 37.7 por ciento de las y los jóvenes se localizaban en los estratos socioeconómicos medios y altos,  mientras que el 62.3 por ciento en los estratos bajo y muy bajos, debido a que su incorporación a un mundo laboral es cada día menos estructurado y más insuficiente.

En ese sentido, señaló que cifras oficiales revelan que siete de cada 10 jóvenes de entre 18 y 29 años de esta capital, viven en el hogar paterno, materno o en una familia nuclear, ya que sus ingresos son insuficientes para poder rentar y, mucho menos, comprar una casa propia.

Luna Estrada aseveró que lo anterior es debido a que la gran mayoría de los jóvenes carecen de un empleo, además de que son pocos los que gozan de un trabajo bien remunerado o estable.

Ante esta situación, el legislador perredista anunció que en breve solicitará al  Instituto de Vivienda del Distrito Federal, impulse los mecanismos necesarios para que el sector juvenil tenga acceso a los programas de ampliación, remodelación o adquisición de vivienda, así como, que se les otorguen facilidades para rentar o comprar.

También, pedirá al INVI que en un plazo no mayor a 15 días hábiles, informe las acciones realizadas para dar cumplimiento al artículo 50, párrafo segundo, de la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal.