Por Guillermo Pimentel Balderas
Ante el incremento de las demandas ciudadanas y la ausencia de una legislación que sancione a las personas que a través de amenazas piden a usuarios de transporte público unas monedas intimidándolos psicológicamente al manifestar que acaban de salir del reclusorio o de un centro de rehabilitación de adicciones, la diputada Lizbeth Rosas Montero presentó una iniciativa de reforma al Código Penal local para imponer de uno a tres años de prisión o de 90 a 360 días multa a estas personas.
La legisladora precisó que dicha modalidad de decir que prefieren ese mecanismo antes que robarles, finalmente provoca temor o miedo y en consecuencia los usuarios acceden a dar el dinero para no sufrir un robo o una agresión física.
Agregó que este tipo de conducta no es una problemática de una zona territorial exclusiva, sino en toda la ciudad de México y que actualmente el marco jurídico no tiene una ley que prohíba dicha conducta y mucho menos sancione a quienes la llevan a cabo.
De acuerdo a la Secretaría de Seguridad Pública, destacó Rosas Montero, no existen denuncias al respecto; en tanto la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica señala que quienes comenten este tipo de amenazas ni siquiera pueden ser remitidas y ponerlas a disposición de un Juez Cívico, ya que dicha conducta no se considera una infracción cívica.
“Por su parte la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, ha señalado en diversos medios de comunicación que la conducta descrita no constituye un delito”.
Por lo anterior, consideró la diputada local, el simple hecho de intimidar a una persona provocándole temor o miedo con la amenaza de que si no accede a lo que le piden sufrirá la pérdida de su patrimonio en forma violenta o estará en riesgo su integridad física, viene a constituir un delito el cual debe ser tipificado y penalizado.
Para ello, propuso adicionar un artículo 209 Bis al Titulo Décimo Segundo, Delitos contra la paz, la seguridad de las personas y la inviolabilidad del domicilio del Código Penal local, el cual precise y establezca la nueva conducta de amenaza psicológica.