Entre 45 y 50 por ciento de las bebidas alcohólicas que se consumen en el país son adulteradas o falsificadas, lo que obligó a reformas las leyes para considerar esta práctica como delito grave y aplicar sanciones como delincuencia organizada.
El Pleno de la Cámara de Diputados avaló reformas al Código Federal de Procedimientos Penales, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y a la Ley General de Salud, para establecer como delito grave la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de bebidas alcohólicas y sancionarlas como delincuencia organizada.
En las reformas avaladas con 339 votos a favor, 16 en contra y 5 abstenciones, se establece una pena de uno a nueve años de prisión y multa de cien a mil días de salario mínimo a quien por sí o a través de otro expenda, venda o de cualquier forma distribuya bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas.
En el documento se precisa que de acuerdo con información de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), entre 45 y 50 por ciento de las bebidas que se consumen en el país son adulteradas o falsificadas.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia, diputado Humberto Benítez Treviño, explicó que en la adulteración se mantiene la esencia del producto pero hay daños a la salud. En la falsificación se sustituye la esencia del producto con resina de madera y metanol que causan pérdida de la vista y hasta la muerte.
Dijo que la reforma es para sancionar como delito grave la adulteración o falsificación de bebidas alcohólicas, ya que es un problema de salud pública. Se amplía la sanción penal de uno a nueve años y de 100 a mil días multa, porque las fábricas clandestinas que adulteran y falsifican los vinos en este país son verdaderas empresas del crimen organizado.