Los tiempos oficiales en radio y televisión otorgados por el Instituto Nacional Electoral (INE) a los partidos políticos, como parte de sus prerrogativas durante las campañas electorales, deben destinarse exclusivamente a las elecciones a las que fueron asignadas, concluyó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al emitir la Tesis VI/2014, el Pleno del TEPJF indicó que, de acuerdo con la Constitución, los partidos políticos tienen derecho al uso de espacios para difundir, mediante promocionales en radio y televisión, sus mensajes durante los procesos electorales.
Sin embargo, deben observar las disposiciones normativas que regulan el uso de esos espacios con el fin de no alterar la equidad en las contiendas electorales.
En la tesis, que fue aprobada por unanimidad durante la sesión pública del 26 de marzo del año en curso, se indica que cuando las elecciones de las entidades federativas sean concurrentes con las federales, los partidos políticos deben usar los tiempos designados para cada elección en particular.
Por lo tanto, en las pautas locales no se puede emitir promocionales relacionados con los procesos electorales federales.
El texto añade que, de lo contrario, existirá un mayor posicionamiento de candidatos a cargos de elección popular del ámbito federal, en prejuicio de quienes participen en comicios estatales, lo cual contravendría el principio de equidad que debe prevalecer en las contiendas electorales.