Imponer severas sanciones penales a las personas morales, que en ocasiones son usadas por sus miembros, para la comisión de ciertos ilícitos, como la criminalidad económica, el lavado de dinero, la trata de personas, el terrorismo y los delitos ambientales, entre otros, fue lo que propusieron los diputados federales priistas Arturo Zamora Jiménez y Josué Cirino Valdés Hueso.
Al presentar iniciativa para hacer adiciones al Código Penal Federal y Código Federal de Procedimientos Penales, los legisladores en voz de Zamora Jiménez indicaron que debido a la influencia real de las personas morales, éstas deben comenzar a ser objeto de estudio de la política criminal en nuestro país.
Afirmó que es imperativo de crear un marco normativo para sancionar aquellas conductas delictivas realizadas por las personas jurídicas, puesto que una organización que se estructura de tal manera que favorece o se aprovecha del lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo y el cohecho, entre otros supuestos, no puede quedar impune a las sanciones penales, con independencia de la responsabilidad que les corresponde a las personas físicas que deciden y ejecutan actos delictivos a través de la persona moral. Zamora Jiménez manifestó que a las personas morales que incurran en graves delitos se les deberá imponer multas de doscientos a cien mil días, y se les decomisen los bienes que guarden relación con el delito cometido y los que han resultado como fruto del mismo, así como obligarlo a la suspensión de toda actividad por un plazo de tres meses a cincos años.
Asimismo, se pronunció porque se les imposibilite a llevar a cabo determinadas actividades comerciales y a participar en licitaciones públicas o contratar con las entidades de la administración pública federal por un periodo de tres meses a cinco años.
La propuesta, añadió Zamora, establece la remoción, que consistirá en la sustitución del administrador por uno designado por el juez, durante un periodo de uno a tres años a propuesta de los socios o asociados que no hubiesen tenido participación en el delito.
Finalmente, indicó que la iniciativa contempla igualmente como sanción la disolución de la persona moral, lo que implica concluir definitivamente toda actividad social de la misma, que no podrá volverse a constituir por las mismas personas en forma real o encubierta.