Las personas físicas y morales no estarían obligadas al pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, siempre y cuando acrediten ante el banco respectivo que el o los depósitos sean para efectos de constituir el ahorro mensual familiar, establece en una iniciativa el diputado Juan Carlos Natale López, del grupo parlamentario del PVEM.
Esta iniciativa, presentada ante la Comisión Permanente y turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, adiciona la fracción VII al artículo 2 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), a fin de fortalecer la economía familiar mediante el ahorro.
La reforma establece que una cantidad monetaria podrá gozar del beneficio por parte de las autoridades hacendarias y de las instituciones financieras a efecto de que estos recursos queden fuera del pago del IDE.
Asimismo que el monto sea proporcional con la capacidad de ingreso y gasto de cada familia y que provenga de una actividad económica legalmente establecida.
La iniciativa destaca que los fondos provenientes del ahorro familiar serán conservados en depósitos y manejados por las instituciones de crédito, para que al final de cierto tiempo a cada familia le sea devuelta la cantidad total de su ahorro más los recursos originados por el manejo de una tasa de interés.
El documento menciona que según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía INEGI, en México prevalece una elevada desigualdad en la distribución del ingreso, ya que el 10 por ciento de los hogares más pobres del país obtuvo sólo el 1.8 por ciento de ese total.
Por el contrario, el 10 por ciento de las familias más ricas concentró el 33.9 por ciento del ingreso generado en la economía; fue de 18.8 veces la diferencia entre uno y otro.
Es decir que, el 30 por ciento de los hogares de mayores ingresos concentró el 62.2 por ciento de la riqueza, mientras que el 70 por ciento de las familias de menores recursos obtuvo sólo el 37.8 por ciento del ingreso.
El documento precisa que de acuerdo con la Encuesta Nacional de los Ingresos y Gastos de los Hogares, el gasto corriente total promedio trimestral por hogar se situó en 30 mil 596 pesos y decreció 3.8 por ciento de 2008 a 2010. Mientras que el gasto monetario disminuyó 2.8 por ciento y el no monetario cayó 6.8 por ciento.
En la parte monetaria, los hogares destinaron 25.6 por ciento de sus ingresos a la adquisición de alimentos, bebidas y tabaco; 13.5 al gasto en transporte y comunicaciones; 10.2 a educación y esparcimiento; 7.3 a vivienda y combustibles; 5.7 a cuidados personales; 4.8 a artículos y servicios para la casa; 4.3 a vestido y calzado; 2.5 a transferencias, y sólo 2.1 por ciento a cuidados de la salud.
Asimismo, el gasto monetario en cuidados de la salud fue el que más se contrajo, al descender 13.6 por ciento en los dos últimos años.
De entre las diferencias más marcadas, destaca el relativo a que el 10 por ciento de los hogares con menor ingreso destinó 49.9 por ciento de sus percepciones al gasto en alimentos, bebidas y tabaco; en el otro extremo, el 10 por ciento de los hogares con mayor ingreso, el gasto en alimentos, bebidas y tabaco representó sólo el 22.9 por ciento.
Esta situación es la que inhibe la práctica del ahorro al no tener recursos monetarios disponibles para incrementar la seguridad, el patrimonio y la fortaleza de las familias, asevera el diputado en su iniciativa”.
“La reforma tiene el objetivo de crear instrumentos económicos y legales que posibiliten el incremento del patrimonio, el ahorro y el consumo de las familias, y proveer de otros instrumentos e incentivos para hacer mucho más eficaz y proactivo el ahorro.
El diputado Natale López cita que “actualmente, y de acuerdo con la fracción III del artículo 2 de la ley de IDE, el ahorro acumulado superior a 25 mil pesos mensuales no está exento del pago de este impuesto, es decir, es sujeto de una tasa impositiva del 3 por ciento de este impuesto, al pasar del 2 por ciento al 3 y reducir su base gravable de 25 mil a 15 mil pesos mensuales”.
Por último, advierte que este impuesto tiene un efecto de distorsión porque al intentar gravar la actividad comercial informal y no hacer las exenciones adecuadas, tasa actividades económicas formales y desincentiva la práctica de diferentes tipos de ahorro, incluyendo el escolar.