¿Pasará en diputados?
La Cámara de Senadores aprobó con 78 votos a favor, 20 en contra y 2 abstenciones, el dictamen que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a raíz de la iniciativa enviada por el Ejecutivo federal, a fin de autorizar la portación de armas en territorio mexicano a servidores públicos extranjeros de migración, aduanas, así como a los agentes de seguridad en el marco de las visitas oficiales de jefes de Estado, gobierno, ministros o equivalentes.
Esto, con la intención de generar una nueva regulación que fortalezca procesos de cooperación migratoria y aduanera de México con el mundo, principalmente en lo referente a los procesos de preinspección aduanera, bajo el principio de reciprocidad.
También se plantea que funcionarios aduanales mexicanos que lleven a cabo funciones de preinspección de mercancías en otros países, estén autorizados para llevar consigo, fuera del territorio nacional de las armas con las que cuentan para el desempeño de sus funciones.
A partir del principio de reciprocidad, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) será la que autorice la portación temporal de armas a los agentes extranjeros de migración o aduanas --que participen en la revisión migratoria en los puntos de tránsito internacionales o en el despacho conjunto de mercancías en las aduanas nacionales-- así como a los agentes de seguridad, que acompañen visitas oficiales o equivalentes, siempre que se trate de revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea a superior a .40 o equivalente.
Los permisos serán tramitados por las secretarías de Gobernación o de Hacienda y Crédito Público, respectivamente, ante la Sedena con 15 días de anticipación cuando menos, al inicio de la comisión, y tendrán una vigencia de seis meses; para los agentes de seguridad el permiso sólo será vigente durante el tiempo que dure su encargo oficial.
Se puntualiza que en los permisos extraordinarios para agentes aduanales y de migración, la Sedena determinará el arma autorizada, el local o la instalación en que será válida la portación y demás límites o restricciones aplicables.
Para los agentes de seguridad, en casos excepcionales, se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional se justifique la necesidad de su uso.
Al presentar el dictamen, el senador Fernando Yunes Márquez, presidente de la Comisión de la Defensa Nacional, subrayó que, además de la generación de una regulación para los procesos de cooperación migratoria y aduanera del país, se busca que México cumpla con las obligaciones internacionales contraídas por el país, para la correcta protección de personas a nivel internacional.
Para tal fin, dijo, se prevén tres aspectos: instrumentar procesos de pre inspección aduanera, fijar las bases para la operación de la pre inspección migratoria y establecer los mecanismos de protección y seguridad para las personas internacionalmente protegidas, en el marco de visitas oficiales que se realizan al país.
Adicionalmente, el senador del PAN, advirtió que no se vulnera la soberanía nacional ni se atenta contra los derechos y libertades de los mexicanos, sino que se busca incorporar a México dentro de los países con potencial turístico y económico de primer mundo y hacerlo más competitivo.