La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta Popular, reglamentaria de la reforma constitucional en materia político-electoral y la envió al presidente Enrique Peña Nieto para que promulgue y entre en vigor. 

El documento aprobado, con 362 votos a favor, 57 en contra y 4 abstenciones en lo general, establece que serán objeto de consulta popular los temas considerados de trascendencia nacional, cuando contengan elementos que repercutan en la mayor parte del territorio o que impacten en una parte significativa de la población.

La trascendencia de los temas serán calificados por la mayoría de los legisladores en cada Cámara del Congreso, con excepción de la consulta propuesta por los ciudadanos, en cuyo caso lo resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Determina que podrán solicitar una consulta popular el Presidente de la República, el 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso o los ciudadanos en un número al menos del dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

No podrán ser objeto de consulta popular: la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución; los principios consagrados en el Artículo 40 de la Carta Magna; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

La ley especifica que será la autoridad electoral la encargada de promover y difundir la consulta popular y de ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de esta consulta.