Los llamados “choques lamineros” representan más del 55 por ciento de los procesos penales que se inician en el DF, es decir, representan una carga de trabajo en por lo menos 7 mil 900 asuntos al año, denunció el diputado Alejandro Carbajal González.

 

Declaró que muchos de estos casos no representan mayor problema ni generan lesiones de consideración, pero son manipulados de acuerdo con intereses de los ajustadores de las aseguradoras o la necedad de los implicados que muchas veces se van a juicios prolongados de seis meses a un año de litigio, pero hay casos que se han prolongado hasta 8 años.

Por lo anterior, el legislador dijo que en la ALDF se aprobaron reformas al Código Penal, con el propósito de que los choques lamineros  se turnan o se remitan directamente al  juez de Justicia Cívica y ya no tenga que pasar por el Ministerio Público para efecto de  poder agilizar los procedimientos legales.

Lo anterior será posible, indicó, siempre que de las  coaliciones entre vehículos derive una lesión que sea de primer grado, es decir, que no requiera más de15 días de hospitalización y no implique un delito.

Carbajal González mencionó que cotidianamente nos enfrentamos en la práctica a aquellos abogados que postulan que este tipo de lesiones culposas por tránsito de vehículo, las cuales son objeto de mil interpretaciones legales.

“Me refiero al caso de los ajustadores de las compañías aseguradoras que tienen una vasta experiencia y con el simple hecho de manifestar, en el momento mismo de la coalición, que su asegurado sufrió lesiones primeras, son trasladados y remitidos ante la Agencia del Ministerio Público, sin que haya necesariamente una lesión, lo que conlleva de manera natural a que tengamos ahí un retraso en los procedimientos legales y muchas veces incluso intereses”, advirtió.

El espíritu de la reforma aprobada, destacó, es hacer expedita la administración y procuración de justicia, porque al acercarnos a las estadísticas de la Procuraduría es alarmante el número de asuntos que se tiene en este tenor.

“Lo que queremos es despresurizar precisamente esta carga de trabajo para eficientar; lo que pretendemos con esta reforma es que las lesiones en primer grado derivadas por un incidente de tránsito de vehículo, no sea remitida al MP”, subrayó.

Sin embargo, aclaró que se garantiza la integridad física de los lesionados, porque el juez cívico tiene médicos  legistas y facultades para determinar y sancionar al responsable del percance; tiene facultades, insistió, para sancionar a los participantes en el accidente y en su momento garantizar la atención de los lesionados.