*¿Más buenas intenciones?
La Comisión de la Función Pública aprobó el dictamen de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas; sanciona hasta con 3 millones 116 mil 500 pesos a las personas físicas que incurran en actos de corrupción y hasta con 124 millones 660 mil, a las personas morales.
Esta ley establece responsabilidades y sanciones a las personas físicas y morales, de mexicanas y extranjeras, por los actos de corrupción que incurran en contrataciones públicas federales y en las transacciones comerciales internacionales.
Se castigará con esta Ley a la “persona física o moral que prometa, ofrezca o entregue dinero o cualquier dádiva a un servidor público o tercero, a cambio de que dicho servidor realice o se abstenga de realizar un acto relacionado con sus funciones o con las de otro servidor público.
Lo anterior, con el propósito de obtener un beneficio o ventaja indebido en los actos contractuales del gobierno; en la elaboración de las convocatorias a licitaciones y sus procedimientos; o se oculte que se encuentre impedido para participar; evada los requisitos o simule sus cumplimiento; actúe en interés de otro impedido para participar; use su influencia o poder económico o político sobre un servidor público o presente documentación falsa.
El presidente de la comisión, diputado Pablo Escudero Morales, explicó que las sanciones administrativas son de dos tipos: multas para personas físicas, que van desde los 62 mil pesos hasta los 3 millones de pesos; para personas morales, desde los 623 mil hasta los 124 millones de pesos.
Asimismo, la inhabilitación para participar en contrataciones públicas de carácter federal para las personas físicas, de tres meses hasta ocho años, y a las morales, de tres meses hasta 10 años, agregó.
Precisó que se prevé que organismos de otros poderes apliquen la ley, como la Suprema Corte de Justicia, el Consejo de la Judicatura, Tribunales Agrarios, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Cámara de Diputados y de Senadores, entre otras instancias.
Detalló que el procedimiento para la investigación de los actos de corrupción tendrá dos vías: por oficio o denuncia, el cual buscará elementos suficientes para sancionar y determinar si se archiva o se abre un procedimiento administrativo sancionador.
En caso de abrir dicho procedimiento, también se tienen dos vías: archivarse por no acreditar las responsabilidades de los particulares o aplicar las sanciones correspondientes.
El diputado César Augusto Santiago señaló que esta ley es un instrumento indispensable para que no existan actos de corrupción y será una respuesta muy útil para la sociedad.
Por su parte, el diputado Agustín Guerrero Castillo consideró que es el primer paso para que la gente tenga la certeza y confianza de que se va en el camino correcto de combatir a fondo la corrupción.
El diputado Marcos Pérez Esquer comentó que ya se contaba con una legislación que prevé la posibilidad de sancionar a servidores públicos que incurran en actos de corrupción en materia de contrataciones públicas, pero no se tenía la contraparte, es decir, la posibilidad de sancionar en lo administrativo a la empresa o iniciativa privada que está participando de este acto de corrupción.