Las comisiones unidas de Justicia y de Equidad y Género aprobaron un dictamen para incorporar el delito de feminicidio como un nuevo tipo penal, dándole un tratamiento de homicidio doloso calificado en contra de una mujer cuando la víctima presente signos de violencia sexual.
También será considerado feminicidio en los casos que existan antecedentes de cualquier tipo de violencia sexual, física, psicológica, patrimonial o económica, producidas en el ámbito familiar, cuando haya evidencia que establezca que se cometieron amenazas, acoso o lesiones.
Las reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia buscan que cuando la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento, el cuerpo sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público, también será considerado feminicidio.
En el documento se resalta que a quien cometa feminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días de multa; además, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.