El presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Armando Luna Canales, impulsa reformas y adiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para que autoridades federales, estatales, municipales y demarcaciones de la Ciudad de México tomen medidas para prevenir, atender y sancionar la asistencia, el trabajo y/o participación de infantes en eventos taurinos.
Señala que en dichos espectáculos existe una explicita violencia que atenta contra la integridad psicológica de niñas, niños y adolescentes, así como contra su libre desarrollo de la personalidad.
La reforma adiciona un capítulo a la ley en mención para que los infantes no sean objeto de las “peores formas de trabajo infantil”, considerando los relacionados con la tauromaquia o aquellos en donde exista una explicita violencia hacia los animales.
Supone como peores formas de trabajo infantil todas las relacionadas con la esclavitud o prácticas análogas a esta; utilización, reclutamiento o la oferta de niñas, niños o adolescentes para la prostitución; utilización, reclutamiento u oferta de infantes para actividades ilícitas, en particular producción y tráfico de estupefacientes; o trabajos que expongan al niño a abusos de orden físico, psicológico o sexual.
El diputado federal por Coahuila, destacó que el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas instó a dar especial atención al trabajo de menores en espectáculos taurinos, asumiendo que tal actividad constituye una de las “peores formas de trabajo infantil”.
Dicha expresión, tiene sustentación lógica y jurídica dentro del sistema internacional de los derechos humanos. Así, para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “peores formas de trabajo infantil” incluye venta y trata de niños, trabajo forzoso u obligatorio, reclutamiento para conflictos armados, prostitución infantil y producción de estupefacientes, entre otros.
Resaltó que acorde a diversas investigaciones, las corridas de toros pueden generar 4 tipos de efectos sobre los menores: traumáticos, debilitación del sentido moral, perturbación del sentido de los valores y costumbrismo o incitación a la violencia.
También demuestran que el maltrato animal está estrechamente relacionado con diversos crímenes y conductas violentas hacia seres humanos, generando que menores de edad sean más vulnerables y proclives a exhibir futuros comportamientos agresivos.
El documento precisa que el Comité de los Derechos del Niño, órgano de expertos independientes encargados de supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, del que México es parte, se pronunció por la necesidad de que las niñas, niños y adolescentes mexicanos se mantengan alejados de la tauromaquia, ya que es una actividad que vulnera sus derechos.
Determinó que tal actividad constituye una de las peores formas de explotación infantil; violencia en contra de los niños reforzando la idea de que la tauromaquia es una actividad perjudicial para los menores.
Es preocupante la implementación de este tipo de eventos y la prevalencia de la impunidad frente a casos de violencia contra niñas y niños en el país, así como el bienestar mental y emocional de los espectadores infantiles que son expuestos a la violencia de las corridas de toros.
Ante ello, dicho comité insta al Estado mexicano a adoptar, a nivel federal y estatal, leyes y políticas integrales para prevenir y sancionar toda forma de violencia, proteger y asistir a niñas y niños víctimas, así como adoptar medidas para hacer cumplir la prohibición en lo relacionado a la participación de los infantes en el entrenamiento y actuaciones de corridas de toros.
Luna Canales dijo que a pesar de que la tauromaquia constituye una práctica cultural arraigada en la tradición mexicana y en otros países, no puede ser utilizada como argumento o excusa para no tutelar derechos a favor de la infancia.
Cabe mencionar, que en países taurinos como Ecuador, Venezuela, Portugal y algunas entidades de España, han reforzado medidas legislativas relativas a la defensa de los derechos de la niñez prohibiendo su acceso, trabajo y participación en espectáculos y eventos taurinos; sin embargo, precisó, “en México falta mucho por avanzar, pues tales medidas se han materializado sólo en algunos estados”.
La reforma detalla en sus transitorios que una vez entrada en vigor, dentro de los 180 días siguientes, las autoridades federales, estatales, municipales y de la Ciudad de México deberán implementar las medidas conducentes para evitar que las y los menores de 18 años asistan a eventos taurinos con contenido explícito de violencia, así como erradicar las peores formas de trabajo infantil indicados en la norma.