El presidente fundador de la Fundación para la Libertad de Expresión, Armando Prida Huerta celebró que el pasado día 6 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), haya resuelto poner límites a las manifestaciones discriminatorias, específicamente las expresiones homófobas en los medios de comunicación, como un avance para comenzar a recuperar los valores perdidos.
Prida Huerta, presidente de la organización editorial Síntesis promovió en 2009 un juicio por difamación y calumnia en contra de Enrique Núñez Quiroz, quien en una de sus columnas utilizó las palabras “maricones” y “puñal”.
Los ministros Jorge Pardo Rebolledo, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea apoyaron la propuesta de que “el discurso consistente en inferir que la homosexualidad no es una opción sexual válida, sino una condición de inferioridad, constituyen manifestaciones discriminatorias, ello a pesar de que se emitan en un sentido burlesco, ya que mediante las mismas se incita, promueve y justifica la intolerancia hacia la homosexualidad”, de acuerdo con un comunicado de la SCJN.
Asimismo, destacaron los ministros que “dichas expresiones fueron impertinentes, pues su empleo no era necesario para la finalidad de la disputa que se estaba llevando a cabo, relativa a la crítica mutua entre dos periodistas de la ciudad de Puebla. Por ello, se determinó que las expresiones ‘maricones’ y ‘puñal’, tal y como fueron empleadas en el presente caso, no se encontraban protegidas por la Constitución”.
Al respecto el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) aseguró que “la histórica resolución de la máxima institución de justicia en el país, será un referente para clarificar la discusión pública de la validez de emitir mensajes y expresiones en el ámbito público y privado, basadas en el discurso de odio, ya que la SCJN establece que ofender, descalificar o agredir con prejuicios y estigmas representa un acto de exclusión contra las personas y constituye una categoría del discurso de odio”.
Para Prida Huerta esta resolución tiene dos vertientes. “Por primera vez se marca un alto para que una comunidad, la homosexual o lésbica, sea denostada usando su nombre como un insulto; es decir, se le debe guardar respeto a esas personas que tienen el derecho a elegir lo que quieran con sus vidas y la segunda parte prueba que la libertad de expresión no tiene límites, pero que las calumnias y la difamación si los tienen. Los ilícitos tienen que ser castigados, no la libertad de expresión”.
El impulsor de la Fundalex afirma que mediante este histórico fallo “se separa muy bien lo que es el derecho a expresarse contra el no derecho a insultar, denostar o lastimar. Marca un hito que será permanente y permanentemente positivo”.
La resolución marcará diferencias para que en el periodismo se dejen de usar expresiones como estas o similares, con el único objetivo de destruir a las personas.
“Esto marcará la diferencia y evitará que el día de mañana se tome a otra comunidad, como la estudiantil y a cualquiera de los integrantes de ella se le llame porro o, todavía más grave, se lastime a la comunidad indígena. Una manera de denostar es llamar a alguien ‘indio’, cuando las comunidades deben merecer todo nuestro respeto, porque todos tienen una manera de vivir y ésta es elegida y debe ser aceptada por todos, porque no lastima a nadie”, finalizó Prida Huerta