La marginación, discriminación, extorsión, tortura, malos tratos y una lista creciente de conductas que atentan y vulneran la dignidad y la integridad de personas cuya única falta ha sido ingresar sin documentos a nuestro territorio, dan forma a una realidad cotidiana inaceptable para cualquier democracia, señaló Angélica de la Peña Gómez. 

Dijo que a lo anterior debe sumarse la imposición de una sanción privativa de la libertad que va de los 15 hasta los 60 días hábiles, establecido en la Ley de Migración vigente, lo que a todas luces carece de sustento constitucional y absolutamente desproporcionada, pues una persona sujeta a proceso penal por la comisión de un delito, puede permanecer detenida hasta 72 horas, a menos de que un periodo mayor se justifique con un auto de vinculación a proceso.

Resaltó que a pesar de que existen algunos programas para mejorar las condiciones de las estaciones migratorias, estos establecimientos administrativos manifiestan una concepción netamente carcelaria: celdas, rejas metálicas, aldabas, candados y bases de cemento que se usan como camas; todas ellas características que corresponden más a un reclusorio, que a un alojamiento temporal. 

Al respecto, el Observatorio de la Frontera Sur y Sin Fronteras (IAP), sostienen que las garantías jurídicas de los extranjeros alojados en estaciones migratorias son menores a las de las personas que han sido sentenciadas por la comisión de delitos y cumplen condenas en las cárceles de México. Y más grave aún, es el hecho de que esta situación no distingue edades ni géneros, por lo que las niñas, los niños y las mujeres resultan particularmente afectados.

 Tan sólo durante el 2012, en México se detuvieron y alojaron en estaciones migratorias y en lugares habilitados como tales, a 85 mil 100 personas extranjeras:   69 mil 340 hombres; 9 mil 928 mujeres mayores de edad; y 5 mil 832 menores de 18 años  (4379 hombres y 1453 mujeres).

De los 85 mil 100 expedientes correspondientes a personas extranjeras alojadas en estaciones migratorias o lugares afines, el 50 % se radica en una sola entidad federativa: Chiapas. El porcentaje restante se concentró en cuatro entidades federativas más: Veracruz, Oaxaca, Tabasco y Distrito Federal.

En este contexto, la iniciativa presentada por la senadora del PRD tiene como objeto:

1.- Acotar el plazo al que debe sujetarse el procedimiento administrativo migratorio, en aras de establecer un periodo de alojamiento congruente con nuestro texto constitucional y con diversos instrumentos internacionales vinculantes para el Estado mexicano.

2.- Busca derogar el supuesto que castiga con una privación de la libertad más larga a aquellos extranjeros que interpongan un recurso administrativo o judicial en el que reclamen cuestiones inherentes a su situación migratoria en territorio nacional; que hayan interpuesto un juicio de amparo o que exista una prohibición expresa de la autoridad competente para que el extranjero pueda ser trasladado o para que pueda abandonar el país.

La legisladora enfatizo que el Estado mexicano debe revisar y corregir el procedimiento administrativo migratorio en el marco de los plazos constitucionales y de conformidad con los criterios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos; en tanto la autoridad migratoria debe garantizar de la manera más amplia y expedita posible el otorgamiento de documentación que facilite el tránsito de los migrantes e instrumentar mecanismos eficaces alternativos a la detención.

De la Peña Gómez advirtió que si se continúa dando un trato vejatorio a quienes se priva de la libertad por haber ingresado a nuestro territorio sin autorización, México seguirá siendo visto como un país incapaz de garantizar la seguridad y la integridad de las personas que se encuentran bajo su jurisdicción, y agregó que "el compromiso del Estado mexicano con los derechos humanos de las personas migrantes debe comenzar a hacerse realidad en el trato y en las instituciones del propio Estado”.