La Comisión de Derechos de la Niñez aprobó por unanimidad adiciones al artículo 11 de la Ley de Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, para protegerlos de contenidos perjudiciales durante sus horas de navegación en Internet.
La iniciativa señala que las nuevas tecnologías se han vuelto una fuente para la comisión de delitos graves como la trata, el secuestro y la extorsión.
Este problema, apunta, se agrava cuando niños y adolescentes se exponen a riesgos como el acceso a páginas web para adultos o con material explicito, escenas de violencia, consumo de sustancias toxicas y apuestas.
Refiere que muchos niños tienen acceso a cualquier tipo de temática en internet. Concretamente, 9 de cada 10 niños de entre 8 y 16 años han visto pornografía en tal medio, situación que no se ha dado por su voluntad, sino porque las búsquedas en Internet han arrojado resultados distintos al tema que originalmente se estaba consultando.
Añade que según una encuesta de 2012, los menores de edad en México utilizan los medios digitales al menos 14 horas a la semana en promedio. En especial, emplean tres horas en mensajería instantánea, una hora para consultar su correo electrónico y dos en redes sociales.
Respecto a la seguridad en los espacios cibernéticos, seis de cada diez padres de familia afirmaron que sus hijos navegan en Internet con la supervisión de un adulto, y uno de cada diez dijo que el uso de la red estaba restringido a ciertas páginas.
De acuerdo con el documento de la Comisión, los niños y jóvenes corren el riesgo de entrar en contacto con personas desconocidas que pueden engañarlos, seducirlos, abusar e incluso cometer ilícitos contra ellos, mediante la solicitud de información personal, como nombre, dirección, teléfono, lo que les vuelve susceptibles de ser víctimas de trata o pederastia.
Además, afirma que la mensajería instantánea es el servicio más usado por los menores de edad. Este medio permite activar la cámara web, cuyo uso no es recomendable, ya que uno de los riesgos que implica es que cualquier persona puede tomar el control de la computadora a través de la cámara web conectada a la red y entrar a los hogares con fines de “depredación” en línea.
Las adicciones al Artículo 11 de la Ley de Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes especifican que se deben “supervisar los contenidos de la información a la que acceden niñas, niños y adolescentes a través del Internet, utilizando para ello los mecanismos de seguridad de este sistema de información en los diversos medios electrónicos”.
Asimismo, acuerda que este grupo social debe “contar con información adecuada, que sea acorde con su desarrollo integral y la salud” para los distintos usos de Internet.
Agrega que los menores de edad “tienen derecho a recibir, buscar y utilizar información acorde a su desarrollo integral por medio de salas de juegos computarizados, electrónicos o multimedia y de servicios de Internet”.
De igual forma, los padres de familia y tutores deben orientar a sus hijos menores sobre el uso de la red “especialmente sobre todo los que hagan apología o inciten a la violencia, a la guerra, a la comisión de hechos punibles, al racismo, a la desigualdad de género, a la xenofobia, a la intolerancia religiosa y cualquier otro tipo de discriminación, a la esclavitud, a la servidumbre, a la explotación de las personas, al uso y consumo de cigarrillos y derivados del tabaco y cualquier droga, de bebidas alcohólicas, así como de aquellos de carácter pornográfico”.