El senador Julio César Aguirre Méndez empujará con toda la fuerza una nueva ley que regule la apertura, instalación, operación y cobro de tasas de interés por parte de las casas de empeño, ya que de acuerdo a la opinión pública en estos establecimientos prevalece la usura y abuso en los criterios de avalúo de prenda de los usuarios.
Al explicar su proyecto, dijo que la expedición de la Ley Federal De Casas De Empeño busca asegurar que las empresas que otorguen préstamos de dinero se encuentren legalmente establecidas y cuenten con un seguro que garantice los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a las prendas dadas en garantía.
Hoy en México, dijo, existen “casas de empeño de giro mercantil con fines de lucro, que aunque realizan el mismo acto pignorarte, su objetivo es de lucro y sin ningún beneficio para la sociedad”.
Estas instituciones fungen un papel muy distinto al de la beneficencia y la falta de un marco normativo en relación a su actividad prendaria del orden comercial, ha significado para los usuarios “un alud de quejas contra las casas de empeño”, abundó.
La nueva ley propuesta por el senador consta de 66 artículos y señala que “el objeto es regular la apertura, instalación, operación, comisiones y tasas de interés de los establecimientos que tengan por objeto celebrar contratos de mutuo con interés y garantía prendaria, conocidos como casas de empeño”.
Julio César Aguirre Méndez destacó los objetivos generales de este ordenamiento, entre los que destacan proteger las prendas en garantía, es decir, que las empresas que otorguen préstamos de dinero se encuentren legalmente establecidas y cuenten con un seguro que para asegurar los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a las prendas dadas en garantía.
“La protección del consumidor es el eje central de esta propuesta, por lo que se propone fijar topes a las tasas de interés prendario, la cual no podrá superar tres veces la del Certificado de la Tesorería a 28 días.
“Las constantes denuncias de elevadas tasas de interés, aprovechándose de la necesidad o abusando de la ignorancia de las personas que acuden a estos servicios, imposibilitan la recuperación de la prenda o atentan contra la economía familiar”, dijo.
Además, se proponen nuevos requisitos en la valuación de prendas y se establece que el préstamo por el objeto empeñado no podrá ser menor del 40 por ciento ni mayor del 80 por ciento del valor del avalúo.
Se otorgan nuevas facultades a la Secretaría de Economía, sobre todo en los procedimientos para realizar inspecciones en las casas de empeño.
Hay un capítulo sobre sanciones para los establecimientos que no cumplan con los requisitos señalados por la ley.
Por ejemplo, se impondrá multa de dos mil a cinco mil salarios mínimos diarios vigente en la zona geográfica donde se trate, cuando los establecimientos realicen operaciones no autorizadas, o se impida la inspección de la Secretaría para verificar la existencia de los objetos empeñados.
Además, sanciones de tres mil 500 a seis mil días de salario a la persona física o moral que instale y haga funcionar una casa de empeño sin contar con el permiso expedido la Secretaría, establece la iniciativa.
“Se propone dar certeza jurídica al interesado de celebrar un contrato con establecimientos autorizados por el ejecutivo federal, con la finalidad de que los ciudadanos no puedan ser sujetos a fraudes”, señaló el senador Aguirre Méndez.
“Actualmente en México existen aproximadamente cuatro mil 500 sucursales de diferentes empresas y franquicias dedicadas a esta labor. En los últimos cuatro años el número de casas de empeño creció en casi 250 por ciento, al pasar de 1850 sucursales a cuatro mil 500 y éstas casi siempre se anuncian afirmando que cobran los intereses más bajos”, refirió.