De prosperar las modificaciones al proyecto de Reforma Política que se discute en la Cámara de Diputados, a partir del próximo año en caso de falta absoluta del Presidente de la República en turno, el Congreso federal tendría la facultad de nombrar sustituto en 60 días.
Además, los legisladores acordaron que en ese caso quien asuma el cargo provisional no podrá volver a desempeñar la titularidad del Ejecutivo Federal, y así evitar la reelección.
Los artículos modificados y aceptados son el 84 fracciones III, IV y VI, y el 83, respectivamente.
El diputado José Luis Jaime Correa, quien presentó reservas al artículo 84, indicó que la falta de un plazo para el presidente interino genera un vacío que permite que quien ejerza la Presidencia provisional permanezca en el cargo sin límite de tiempo, “creo que sería una gran irresponsabilidad no establecer este límite en el texto constitucional”.
Dijo que es necesario establecer un límite de tiempo específico para el cargo de presidente provisional, “porque tal y como está la propuesta se vulnera la figura del Presidente que ha ganado legítimamente las elecciones”.