La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 404 votos, el dictamen que expide la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas y faculta a la Secretaría de Marina (Semar) a regular, suspender y sancionar embarcaciones y permisionarios que no cumplan con las mínimas condiciones en el manejo de sus desechos al mar, con el fin de evitar deterioro del medio ambiente y los ecosistemas marítimos.

La ley aprobada se ajusta al Convenio internacional sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias de 1972 y su Protocolo de 1996, del que México forma parte.

La Semar, con base en lo indicado en las directrices relativas al Protocolo mencionado y con la participación de otras dependencias de la administración pública federal e instituciones de investigación científica, expedirá los criterios que deberán observarse respecto de los desechos, materiales o sustancias que podrán ser objeto de solicitud de vertimiento.

La dependencia, para otorgar o negar un permiso de descarga, observará la composición química, física, biológica, geológica y toxicológica de los desechos u otras materias, así como las características oceanográficas del sitio elegido.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Jorge Rosiñol Abreu detalló que la Secretaría de Marina será la autoridad que aplicará la Ley de Vertimientos en las Zonas Marina Mexicanas, la cual puntualiza el procedimiento para que autorice el derrame y precise las medidas preventivas para evitar la contaminación del ecosistema marino.