*En estricto apego a la Ley

El secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, violó la Constitución al no tener la autorización del Congreso para recibir una condecoración de otro país, afirmó el diputado federal Alfonso Navarrete Prida, al explicar que la sanción es la pérdida de la ciudadanía.

Pero aclaró que en este caso no le corresponde al Poder Legislativo solicitar el rigor de la ley contra el funcionario, porque se trata de un hecho consumado y corresponde al Poder Ejecutivo aplicar lo que corresponda.

Sin embargo, dijo que cualquier ciudadano mexicano puede elevar su queja y exigir lo que seña la Constitución en la materia. A continuación la entrevista textual con el legislador federal: “La posición del PRI va a ser no dictaminar este asunto, sino que pase al Pleno, porque no se puede dictaminar sobre hechos consumados, y el Pleno tendrá seguramente que tomar la decisión de regresarlo al Ejecutivo Federal, y de esta manera se siga escrupulosamente lo que la Constitución obliga a los senadores, que es dictaminar las solicitudes para recibir condecoraciones y usarlas de gobiernos extranjeros, de connacionales, y si no tiene materia esa solicitud, porque estamos hablando de un hecho consumado, nosotros como PRI, pediremos que no se dictamine y que se regrese.

PREGUNTA: ¿Pero qué procede ahí? en este caso hay violación flagrante de la Constitución, luego usted dice que es una cuestión de forma…

RESPUESTA: Será muy importante ver qué opina la bancada del PAN con respecto a una violación a la Constitución, porque es un hecho que la Constitución señala con toda claridad que está prohibido lo que ocurrió y que tiene sanciones.

PREGUNTA: ¿…Esto quiere decir que el Ejecutivo es el que se encargará ya de sancionar o no, ustedes le dejan esa potestad?

RESPUESTA: Esa es una de las posibilidades. La verdad es que queda abierta a cualquier derecho o a cualquier ciudadano con interés legítimo, grupo ciudadano, partido político que quiera hacer valer derechos sobre este tema.

Lo único que puedo decir, que además es lo responsable en este momento, es que no tendría condiciones esta Comisión de Gobernación para dictaminar en sentido positivo o negativo algo que estamos hablando de hechos consumados.

¿Qué suceda después? Está abierto el campo de posibilidades que el mundo del derecho da, y desde luego, el campo de posibilidades que las responsabilidades políticas, de carácter administrativo, y de carácter legal dan y que señala la Constitución.

PREGUNTA: ¿A qué sanción es acreedor García Luna por esta falta?

RESPUESTA: A la pérdida de la ciudadanía, lo que implica automáticamente dejar el puesto, se pierden los derechos políticos, esto es por un lado de un juicio y un procedimiento especial, que es la pérdida de ciudadanía, y por otro lado, si es que hay responsabilidades de carácter político, a una declaratoria de procedencia por parte del Congreso.

Pero esto, les quiero ser muy reiterativo, no le corresponde verlo a esta comisión, sería una irresponsabilidad tratarlo nosotros de decir, quien lo pretenda decir está excediéndose en las facultades de la comisión y probablemente queriendo lucrar políticamente con un asunto, que es un asunto legal, es un asunto específico de Constitución y de ley.

Nosotros no tenemos capacidad como comisión para dictaminar un asunto en sentido positivo o negativo, y esa será la propuesta que el PRI hará valer en la comisión.

PREGUNTA: ¿Cómo procedería la sanción a la que se refiere, qué tendría que pasar, una denuncia, el Ejecutivo denuncia?

RESPUESTA: Así es, tendría que haber una denuncia no solamente por parte del Ejecutivo, sino un acto que dé la excitativa para que conozca un órgano jurisdiccional, y de ahí se valore en un procedimiento con las garantías que la Constitución da, la sanción específica que señala la Constitución.

Pero reitero, eso es un tema que rebasa los términos de lo que puede hacer o no esta comisión.

PREGUNTA: ¿Esto lo podría hacer un partido político?

RESPUESTA: Sí, claro.

PREGUNTA: ¿Si un ciudadano lo quiere hacer?

RESPUESTA: También lo puede hacer, tendría que acreditar el interés jurídico, que en este caso está en el interés de la sociedad con respecto a sus funcionarios.