Ante el reiterado llamado para implementar mecanismos que inhiban el uso indebido de los programas sociales, senadores proponen crear la Ley General del Registro Único de Beneficiarios de los Programas Sociales.
“Existe la necesidad de ir más allá del control parlamentario y de procedimientos de la auditoria y la vigilancia, para dar lugar a los mecanismos de control y evaluación orientados a mejorar el desempeño gubernamental”, afirmó la senadora Lorena Cuéllar Cisneros, quien presentó la propuesta.
En este sentido, se plantean reformas a diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Social, con la finalidad de sustituir el concepto del “Padrón” y ampliarlo al Registro Único de Beneficiarios de los Programas Sociales, derivándose de esta reforma la creación de la Ley General en la materia.
El Registro Único de Beneficiarios de los Programas Sociales -detalló- será un “instrumento de información del Sistema Nacional de Desarrollo Social”, encargada de organizar y concentrar en una base de datos electrónica la información que identifique a las personas y familias cuyo ingreso mensual por persona sea igual o menor al establecido en la Línea de Bienestar.
La base de datos –argumentó- permitirá conocer los apoyos que otorgan todos los niveles de gobierno a las familias en condición de vulnerabilidad, con lo que se evitará la duplicidad y la exclusión de familias que los necesitan y no cuentan con ellos. “Así, se lograría una focalización efectiva de los beneficiarios actuales y potenciales de los programas sociales”.
Asimismo, puntualizó que el Registro está concebido para convertirse en el instrumento obligatorio para la selección automatizada de los beneficiarios de los programas sociales, así como para dar seguimiento al desarrollo de las familias.
La familia se entiende como la base del Registro Único, pero además se define más allá de los lazos consanguíneos, apegándose a la situación real en que vive buena parte de la población; se trata de la “unidad nuclear, eventualmente ampliada por otros individuos que con ella poseen lazos de parentesco o de afinidad, que forma un grupo doméstico que vive bajo el mismo techo y que se mantiene por la contribución de sus miembros”.
Entre los conceptos que introduce la ley, la senadora perredista destacó el de los Asistentes Sociales, el Responsable de la Unidad Familiar y el Número de Identificación Social, agregó.
Asimismo, señaló, se establecen las competencias de los distintos órdenes de gobierno, dejando al Gobierno Federal la responsabilidad de diseñar y apoyar la implementación del Registro Único, estandarizar los procesos y financiar la inversión inicial, en acuerdo con las entidades federativas, los municipios y las delegaciones políticas.
Por su parte, las entidades federativas, los municipios y las delegaciones políticas deberán coordinar las acciones necesarias para el levantamiento y actualización de la información, pero se delega a los municipios y las delegaciones, los gobiernos más cercanos a la gente, la responsabilidad de la información que se ingrese a la base de datos.
De igual forma, dijo, la ley señala que la información que proporcionen las familias es “autodeclarada” y no requiere cotejo documental, ya que el responsable de la Unidad Familiar firma declarando la veracidad de los datos proporcionados y se compromete a notificar cualquier cambio en la situación familiar que amerite actualizar los datos en el Registro Único.
En este contexto, se prevé también que el Sistema que se utilice para el Registro Único incluya un Módulo de Gestión para la solicitud de Cédulas, con un control de folios enviados, recibidos e ingresados al mismo.
En materia de seguridad y transparencia, la legisladora añadió que el Sistema deberá contar con mecanismos de seguridad e integridad de los datos, así como mecanismos de verificación y validación que aseguren la confiabilidad de la información y que se deberá poder acceder a estadísticas para el seguimiento y evaluación de los programas sociales.
El Registro Único, finalizó, permitirá disponer de información verificable, reduciendo la posibilidad de manipular los datos, gracias al Número de Identificación Social y a los mecanismos de verificación y validación que la misma Ley establece.