Ante la persistencia de situaciones contrarias al principio del Interés Superior del Niño en los procesos de pensión alimenticia, el Senado exhortó al Ejecutivo Federal, entidades federativas y Distrito Federal, así como a los Tribunales Superiores de Justicia y Congresos estatales a observarlo, a fin de asegurar el derecho a la alimentación y, en su caso, a la pensión alimenticia.

Lo anterior, -se precisa en el dictamen- a pesar de que el Estado Mexicano ha ratificado diversos instrumentos internacionales que tienen el propósito de salvaguardar los derechos de la niñez, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos  en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.

Por otra parte, se detalla que el derecho a la pensión alimenticia se encuentra regulado a nivel internacional, constitucional y legal secundario por la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Constitución, mientras que en la parte secundaria en el país, se lleva a cabo a través del Código Civil Federal.

Sin embargo, se reitera, la obligación no siempre se cumple y más allá de las reformas que endurezcan la sanción e inclusive las penas para aquellos que no cumplan con su obligación, teniéndose registro de que en ocasiones los obligados a dar alimentos ilegalmente simulan no tener los ingresos suficientes o simplemente se niegan a brindarla.

En este sentido, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), señala que 67.3 por ciento de las madres solteras en México no reciben pensión alimenticia para sus hijos.

Para convertir la aplicación de este principio en una realidad es necesario promover un cambio de enfoque que traslade las obligaciones a derechos, que no sea una obligación para satisfacer un derecho sino más bien se entienda que los derechos de niñas, niños y adolescentes deben ser garantizados a través del cumplimiento de la obligación de varios actores, principalmente padres de familia o el Estado.