El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral sancionar la presunta adquisición de tiempos en radio para promocionar a la entonces candidata a diputada federal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), María Guadalupe Sánchez Santiago, a través de dos entrevistas y nueve notas informativas.
Por unanimidad, el Pleno acordó revocar la resolución del CGIFE, que en su momento declaró infundado el procedimiento especial sancionador, pues consideró que las conductas denunciadas se encontraban amparadas bajo los derechos de libertad de expresión y de ejercicio periodístico.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, se estableció que la autoridad responsable no tomó en cuenta todo acervo probatorio aportado, particularmente la relación de parentesco entre la denunciada y el presidente del Consejo de Administración y representante legal de la radiodifusora; así como la sobre exposición de la imagen de la candidata denunciada en detrimento de los competidores, situación que generó inequidad en la contienda electoral.
El Magistrado Presidente manifestó que los elementos no considerados por el CGIFE permiten arribar a la conclusión de que la entonces candidata sí adquirió tiempos en radio para su promoción personal, lo que generó la inequidad. “Resulta inadmisible la adquisición indebida de tiempos en radio para difundir de manera disimulada propaganda política, cuando la distribución de espacios corresponde exclusivamente al Instituto Federal Electoral”, dijo.