La Comisión de Comunicaciones aprobó un dictamen para que las empresas concesionarias y permisionarias del servicio telefónico colaboren con la Procuraduría General de la República en el combate a delitos de secuestro, extorsión o amenaza.
La Comisión, presidida por el diputado José Adán Ignacio Rubí Salazar, avaló que en investigaciones en materia de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, extorsión o amenazas, la autoridad judicial pueda solicitar la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentren relacionados con algún ilícito.
El documento establece que el concesionario o permisionario del servicio de telecomunicaciones que no colabore con las autoridades se le impondrán una multa de doscientos cincuenta a dos mil quinientos días de salario mínimo.
Señala que los concesionarios de telecomunicaciones deberán bloquear de inmediato las líneas reportadas como robadas o extraviadas, y suspender el servicio para efectos de aseguramiento cuando así lo instruya la Comisión Federal de Telecomunicaciones.
En este contexto, el dictamen indica que las cárceles contarán con equipos que permitan bloquear o anular las señales de telefonía celular, de radiocomunicación, o de transmisión de datos o imagen dentro del perímetro de los centros de readaptación social.
El dictamen reforma el Código Federal de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal, la Ley Federal de Telecomunicaciones, de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Posteriormente, la Comisión aprobó un dictamen de la minuta que reforma la fracción III del artículo 10 de la Ley Federal de Telecomunicaciones para permitir que, de manera directa, se asigne espectro de uso oficial a los organismos autónomos constitucionales y concesionarios de servicios públicos para llevar a cabo telecomunicaciones.
Subraya que los concesionarios de servicios públicos, previo a la asignación directa de las frecuencias destinadas para uso oficial, deberán haber acreditado la necesidad de contar con el uso de dichas bandas de frecuencia para la operación y seguridad del servicio que prestan y quedarán obligados a pagar por el uso de las bandas de frecuencia.