El presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, Porfirio Muñoz Ledo, y expertos calificaron de inconstitucional la minuta enviada por el Senado de la República sobre la Ley de Celebración y Aprobación de Tratados Internacionales.
El legislador afirmó que hará todo lo posible por oponerse porque “mucho me temo que lo que se quiere es convalidar los acuerdos que nos han puesto en este precipicio nacional”.
En el marco de la inauguración del “Seminario sobre la Ley de Celebración y Aprobación de Tratados Internacionales”, investigadores y expertos en la materia se manifestaron en contra del proyecto de ley.
Para el coordinador de la Comisión de Derecho Internacional de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, A.C., Miguel Ángel Regidor, este proyecto de ley no acaba por regular, toda vez que en lugar de eliminar los acuerdos interinstitucionales, agrega acuerdos ejecutivos.
“El problema es que no hay sanción para el caso de incumplimiento, no hay mecanismo ni posibilidad de establecerlo como tal”, precisó.
Regidor destacó que los acuerdos interinstitucionales no tienen límite, ya que “puede celebrarlo un municipio con quien quiera y en caso de incumplimiento va a tener que responder el Estado mexicano; no está en juego el acuerdo sino la responsabilidad del Estado mexicano”.
Añadió, que “se está renunciando al federalismo; se está concediendo la facultad de celebrar acuerdos institucionales a quien no tiene de nunca ninguna facultad para hacerlo”.
Mencionó que ya hay casos evidentes de contradicción entre el texto del tratado y el constitucional. “Se está en una cuestión de riesgo, y el país puede quedar mal en el ámbito internacional. Se acentúa sobre lo que México ha sido un país proclive a la suscripción de cualquier tratado que le han puesto enfrente. Ha suscrito, materialmente, todo sin ninguna discusión ni argumentación”.
El especialista en Derecho Internacional y Derechos Humanos, Santiago Corchera Cabezut, consideró que no pueden haber adquirido los tratados en materia de derechos humanos rango constitucional si no se reformó el artículo 133 y 105 de la Constitución porque el 105 sigue dándole facultades a la Cámara de Diputados, al procurador o comisionado de Derechos Humanos para interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de tratados internacionales que violen la Carta Magna.
Precisó que el artículo 3 de la Ley de Tratados debe establecer que éstos sólo podrán ser aprobados por el Senado y serán ley suprema de toda la Unión cuando estén de acuerdo con ésta en los términos del artículo 133, salvo que el tratado se refiera a la protección de la persona humana, en cuyo caso se estará a la letra del artículo 1.
También participaron los profesores Manuel Becerra, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; Loretta Ortiz Alhf, investigadora de la Universidad Iberoamericana; y Luis Antonio Huacuja, profesor del posgrado en Derecho en la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, UNAM.