El presidente de la Comisión de Justicia del Senado de la República, Roberto Gil Zuarth, presentó una iniciativa para expedir una nueva ley que permita la liberación anticipada de personas encarceladas por el consumo de mariguana, con lo que se busca disminuir a la mitad la tasa de sobrepoblación penitenciaria, que es de más del 100 por ciento.
Plantea que el nombre de la norma, que analizarán las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos, sea Ley Nacional de Beneficios de Liberación Anticipada para Sentenciados por delitos no violentos relacionados con el consumo o posesión de Cannabis Sativa, Indica o Marihuana.
Una condición para los beneficiarios de esta propuesta es que no hayan incurrido en actos violentos o en la venta de esta u otras drogas.
Ante el Pleno del Senado, el legislador por el PAN expuso que esta medida permitiría atender un problema social, pues el 40 por ciento de los hombres en prisión por delitos contra la salud sólo incurrieron en la posesión mínima de cannabis.
La situación es más grave, subrayó, en cuanto a las mujeres detenidas por posesión de este enervante, pues el 87.3 por ciento tienen hijos y de estas la mitad se ven obligadas a dejarlos a cargo de los abuelos u otros familiares.
“Los hijos de mujeres internas quedan en una situación de desamparo más grave que los hijos de hombres internos, por lo que la ley propuesta puede servir no sólo para redimensionar el costo social de tener a delincuentes menores ocupando recursos administrativos, personales y físicos en el sistema penitenciario, sino el posible efecto sobre el tejido social y el impacto generacional de la liberación anticipada”, argumentó.
Subrayó que se debe considerar que 80 por ciento de las internas purgan condenas por delitos contra la salud, pero 98.9 por ciento no tiene antecedentes penales.
88 por ciento de las reclusas purgan sentencias por delitos de drogas, de las que 91 por ciento no portaban armas al momento de la comisión del delito, “es decir, sus sentencias no son concurrentes con delitos violentos, por lo que en gran proporción son internas de baja peligrosidad”.
Gil Zuarth refirió que estadísticas públicas del sistema penitenciario, elaboradas por la Secretaría de Gobernación, establecen que de aproximadamente 30 mil internos acusados por delitos contra la salud, poco más de 10 mil corresponden exclusivamente al consumo de la marihuana.
Puede considerarse una cantidad menor, acotó, pues representa sólo cuatro por ciento del total de internos en cárceles federales. No obstante, sostuvo que “la excarcelación tras la despenalización de la cannabis representaría una quinta parte de todos los presos del fuero federal y la mitad de todos los delitos contra la salud. De golpe, la legalización de la marihuana reduciría a la mitad la tasa de sobrepoblación penitenciaria federal”.
Las estadísticas revelan que hay una proporción excesiva de personas sentenciadas por delitos no violentos contra la salud, relacionados a la marihuana.
Consideró que la detención de mujeres y sujetos de bajos ingresos revela que “los esfuerzos penitenciarios atienden el encarcelamiento con un alto costo de oportunidad”, es decir, los recursos del Estado se destinan a delitos relativamente poco costosos en términos sociales, pero con graves efectos negativos, pero además son recursos que se dejan de invertir en educación, salud, cultura y otras opciones que pidieran favorecer el desarrollo de la población.
Agregó que las detenciones por delitos contra la salud no han incidido favorablemente en la disminución del consumo de estupefacientes entre la población, pues entre 2007 y 2011, el total de personas detenidas por corporaciones policíacas aumentó 33 por ciento y las realizadas por la Secretaría de Defensa se multiplicaron por diez; en tanto la Encuesta Nacional de Adicciones refleja que las adicciones se han mantenido en un porcentaje constante, e incluso con leves aumentos.
Además de la libertad anticipada, la propuesta de Gil Zuarth precisa que no extingue las acciones penales ni las sanciones impuestas y deja subsistente la responsabilidad civil; especifica que las autoridades judiciales y administrativas otorgarán dicho beneficio a solicitud de parte; la autoridad competente podrá fijar la aplicación de medidas educativas y/o curativas, así como estipular que las personas a quienes aproveche esta Ley, no podrán ser detenidas en el futuro, salvo que incumplan las medidas mencionadas.